Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 3 del OSCE

Resolución Nº 064-2020-OSCE/SGE

Jesús María, 9 de octubre de 2020

VISTO:

El Informe Nº D000026-2020-OSCE-OPM de fecha 2 de octubre de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Modernización;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, mediante Resolución Nº 237-2019-OSCE/PRE, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, para el año fiscal 2020;

Que, mediante Resolución Nº 016-2020-OSCE/SGE de fecha 30 de abril de 2020, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 1 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE;

Que, mediante Resolución Nº 041-2020-OSCE/SGE de fecha 6 de agosto de 2020, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 2 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE;

Que, el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modificada con Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017/CEPLAN/PCD, Nº 00053-2018/CEPLAN/PCD, Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD, refiere que el Plan Operativo Institucional se modifica cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del Plan Estratégico Institucional;

Que, el inciso c) del numeral 7.1.2 de la Directiva Nº 002-2020-OSCE/SGE, Directiva para la Gestión del Planeamiento y del Presupuesto del Pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Resolución Nº 008-2020-OSCE/SGE, dispone que el Plan Operativo Institucional Anual se modifica en las siguientes circunstancias: i) por cambios en la programación de las metas físicas relacionadas al mejoramiento continuo o, ii) por incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones; por lo general por efecto de modificaciones presupuestarias;

Que, mediante el Informe Nº D000026-2020-OSCE-OPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización recomienda la aprobación de la modificación del Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, para el año fiscal 2020, en virtud a los resultados del seguimiento del POI al I semestre y a las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional y funcional programático realizadas;

Que, en el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Nº 002-2020-OSCE/PRE, se delega en la Secretaría General la facultad de aprobar las modificaciones del Plan Operativo Institucional (POI) del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE;

Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Modernización, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modificatorias; la Directiva Nº 002-2020-OSCE/SGE, Directiva para la Gestión del Planeamiento y del Presupuesto del Pliego 059 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobada mediante Resolución Nº 008-2020-OSCE/SGE; y la Resolución Nº 002-2020-OSCE/PRE que aprueba la delegación de facultades para el año 2020;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 3 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, que modifica la programación de las actividades operativas correspondientes a la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Tecnologías de la Información, la Oficina de Comunicaciones y la Alta Dirección, conforme al Anexo B-5 adjunto a la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Modernización el seguimiento periódico y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 3 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN BALTAZAR DEDIOS VARGAS

Secretario General

1891993-1