Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 129-2020-PCM

Lima, 8 de octubre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 227-2018-PCM, de fecha 19 de diciembre de 2018, se designó al señor Richard Alberto Navarro Rodríguez como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN;

Que, de conformidad con el numeral 6.5 del artículo 6 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la designación de los miembros del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores es por un período de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un periodo adicional;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.6 del precitado artículo 6, es causal de vacancia del referido cargo, entre otras, la renuncia aceptada;

Que, asimismo, el artículo 5 del Reglamento de la Ley Nº 27332, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, señala, entre otros aspectos, que la aceptación de la renuncia se hace por Resolución Suprema. De no expedirse ésta en el plazo de treinta (30) días calendario, la renuncia se tiene por aceptada. El miembro del Consejo Directivo renunciante debe continuar en su cargo hasta la incorporación de su reemplazante, a menos que transcurran sesenta (60) días calendario de la presentación de su renuncia;

Que, el señor Richard Alberto Navarro Rodríguez ha presentado su renuncia como miembro del Consejo Directivo del OSINERGMIN, la cual es pertinente aceptar;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; y, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Richard Alberto Navarro Rodríguez al cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

WALTER MARTOS RUIZ

Presidente del Consejo de Ministros

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