Disponen la publicación del Proyecto de Ley General de la Cadena de Abastecimiento Público en el portal institucional del Ministerio

Resolución Ministerial

Nº 285-2020-EF/54

Lima, 2 de octubre del 2020

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las competencias de la Dirección General de Abastecimiento, como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, se ha elaborado el Proyecto de la Ley General de la Cadena de Abastecimiento Público, como iniciativa legislativa a nivel del Poder Ejecutivo, mediante el cual se propone la articulación de todos los procesos de la cadena de abastecimiento de bienes, servicios y obras en un marco normativo actualizado;

Que, conforme al artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, conforme a lo dispuesto en el Manual para el Análisis Económico y Legal de la Producción Normativa en el Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 639-2006-EF/67, corresponde la publicación previa de los proyectos de normas para recabar los comentarios del público;

Que, el Proyecto de Ley General de la Cadena de Abastecimiento Público es una norma de carácter general que contempla y desarrolla principios, que adicionalmente a los contemplados en el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, buscan contribuir al desarrollo social y económico de la población, de modo que, el abastecimiento público se efectúe de manera oportuna y adecuada, maximizando el valor del dinero a través del uso eficiente de los recursos públicos;

Que, en ese sentido, la publicación previa del proyecto de reglamento permitirá recoger información especializada de los actores involucrados, así como comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar el instrumento normativo;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 639-2006-EF/67 que aprueba el Manual para el Análisis Económico y Legal de la Producción Normativa en el Ministerio de Economía y Finanzas; en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Publicación del Proyecto

Dispóngase la publicación del Proyecto de Ley General de la Cadena de Abastecimiento Público, y su exposición de motivos, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, hasta por un plazo máximo de 15 (quince) días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias del público.

Artículo 2.- Mecanismo de Participación

Dispóngase que las opiniones, comentarios y sugerencias del público deben ser registrados en el enlace https://www.mef.gob.pe/es/pre-publicacion-de-ley, y establézcase que la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra a cargo de su sistematización.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1890272-1