Autorizan a favor de Cepsa Peruana S.A.C. la Operación del Ducto para Uso Propio, con la finalidad de transportar petróleo crudo entre las zonas del distrito de Tournavista, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco y el distrito de Alexander Von Humboldt, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali

Resolución Directoral

Nº 149-2020-MINEM/DGH

Lima, 11 de setiembre de 2020

VISTO: El Expediente Nº 3056177, presentado por la empresa Cepsa Peruana S.A.C., mediante el cual solicitó la Autorización de Operación de Ducto para Uso Propio; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 85 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, señala que culminada la etapa de Instalación y para efectos de iniciar la Operación del Ducto para Uso Propio, se deberá contar con una autorización de Operación expedida por la Dirección General de Hidrocarburos - DGH, debiendo para ello haber obtenido previamente un Informe Técnico Favorable aprobado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 099-2020-MINEM/DGH, de fecha 18 de junio del 2020, se autorizó a favor de la empresa Cepsa Peruana S.A.C. la instalación del Ducto para Uso Propio, para transportar petróleo crudo desde el área de almacenamiento de tanques (Locación los Ángeles 1X - Lote 131) hasta el Área de Carga de Cisternas ubicado a 3.3 km de distancia;

Que, mediante el Expediente Nº 3056177 la empresa Cepsa Peruana S.A.C., solicitó a la Dirección General de Hidrocarburos, la autorización referida a la Operación de Ducto para Uso Propio, empleado para transportar petróleo crudo desde el área de almacenamiento de tanques (Locación los Ángeles 1X - Lote 131) hasta el Área de Carga de Cisternas, ubicado a 3.3 Km de distancia;

Que, mediante Resolución de Transporte Marítimo y Ductos de Hidrocarburos Líquidos OSINERGMIN Nº 96-2019-OS-DSHL-USTD de fecha 28 de mayo de 2019, OSINERGMIN aprobó el Informe Técnico Nº 370-2019-OS-DSHL-USTD, que contiene el dictamen favorable de inicio de Operaciones del Ducto para Uso Propio del Proyecto para el transporte de petróleo crudo desde el área de almacenamiento de tanques (Locación los Ángeles 1X –Lote 131) hasta el Área de Carga de Cisternas, entre las zonas del distrito de Tournavista, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco y él distrito de Alexander Von Humboldt, provincia de Padre Abad y departamento de Ucayali;

Que, a través del Informe Técnico-Legal Nº 130-2020-MINEM/DGH-DPTC-DNH de fecha 12 de agosto del 2020, se concluyó que la empresa Cepsa Peruana S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Ítem Nº AH02-2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, así como, con lo dispuesto en el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, para la Autorización de Operación de Ducto para Uso Propio;

Que, en atención al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la motivación del acto administrativo puede realizarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les indique el modo certero y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser notificados al administrado conjuntamente con el acto administrativo. En este sentido, corresponde que el Informe Técnico - Legal Nº 130-2020-MINEM/DGH-DPTC-DNH se integre a la presente Resolución, pues constituyen el sustento de la misma;

Que, asimismo, de acuerdo al artículo 85 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, establece que las Resoluciones Directorales de otorgamiento de autorizaciones para la instalación y operación de Ducto para Uso Propio, entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;

De conformidad con lo señalado en el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, a favor de la empresa Cepsa Peruana S.A.C., la Operación del Ducto para Uso Propio, para el transporte de petróleo crudo, desde el área de almacenamiento de tanques ubicado en la Locación los Ángeles 1X – Lote 131 hasta el Área de Carga de Cisternas, ubicado a 3.3 km de distancia entre las zonas del distrito de Tournavista, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco y el distrito de Alexander Von Humboldt, provincia de Padre Abad y departamento de Ucayali.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución, así como el Informe Técnico - Legal Nº 130-2020-MINEM/DGH-DPTC-DNH a la empresa Cepsa Peruana S.A.C. y al OSINERGMIN.

Artículo 3.- La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ERICK GARCIA PORTUGAL

Director General de Hidrocarburos

1890146-1