Crean el “Registro sobre Situaciones de Riesgo de personas defensoras de derechos humanos” y aprueban “Lineamientos para el funcionamiento del Registro sobre Situaciones de Riesgo de personas defensoras de derechos humanos”

resolución ministerial

n° 0255-2020-jus

1 de octubre de 2020

VISTOS, el Oficio N° 509-2020-JUS/DGDH-DPGDH que contiene el Informe N° 039-2020-JUS-DGDH-DPGDH, de la Dirección General de Derechos Humanos y el Informe N° 760-2020-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 7 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es una función específica de este sector la promoción del respeto de los derechos humanos en el marco de un Estado Constitucional de Derecho, así como la elaboración de planes nacionales en dicho ámbito;

Que, el Decreto Supremo N° 002-2018-JUS, aprueba el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021 cuyo tercer lineamiento estratégico dispone el diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de especial protección, y prevé como una de sus acciones estratégicas la de fomentar mecanismos para garantizar el ejercicio seguro de la labor pacífica y no violenta, retribuida y gratuita de las defensoras y los defensores de derechos humanos en todo el territorio nacional;

Que, en el artículo 4 del citado Decreto Supremo, se encarga al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la coordinación, supervisión, evaluación y monitoreo del cumplimiento del “Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021”, cuyo seguimiento corresponde al Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia a través de un sistema de monitoreo de evaluación;

Que, conforme al literal a) del artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, la Dirección General de Derechos Humanos es el órgano de línea encargado de formular, proponer, dirigir, coordinar, evaluar y supervisar las políticas, planes y programas de protección y promoción de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario;

Que, la Resolución Ministerial N° 0159-2019-JUS, aprueba el “Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de Derechos Humanos”, en cuyo numeral 6.2.1 se estableció como función de la Dirección General de Derechos Humanos diseñar, implementar y gestionar el Registro de Denuncias e Incidencias sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos;

Que, en atención a lo dispuesto, resulta necesario crear mecanismos que impulsen y articulen acciones para dar cumplimiento a la obligación de proteger a las defensoras y defensores de los derechos humanos en todo el territorio nacional;

Que, en este contexto normativo, la Dirección General de Derechos Humanos ha elevado al Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia la propuesta de norma que crea el “Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos” y aprueba los “Lineamientos para el funcionamiento del Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos”, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con el visado del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, de la Dirección General de Derechos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear el “Registro sobre Situaciones de Riesgo de personas defensoras de derechos humanos”.

Artículo 2.- Aprobar los “Lineamientos para el funcionamiento del Registro sobre Situaciones de Riesgo de personas defensoras de derechos humanos”, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- La presente resolución y su Anexo serán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos www.gob.pe/minjus, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA C. NEYRA ZEGARRA

Ministra de Justicia y Derechos Humanos

1889748-1