Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C y postergan la prorroga señalada en el Artículo Primero, referente a la fecha del primer sorteo del mes de julio de 2020, para el último trimestre del 2020

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 027-2020-MDP/A

Pachacámac, 26 de setiembre del 2020.

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachacámac

VISTO:

El Informe N° 117-2020-MDP/GR-SGRR de la Subgerencia de Registro y Recaudación, el Informe N° 049-2020-MDP/GR de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 241-2020-MDP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la “Prórroga De La Fecha De Vencimiento Para El Pago Total De Las Obligaciones Tributarias Por Concepto Del Impuesto Predial Y Arbitrios Del Ejercicio Fiscal 2020, A Efectos De Considerar A Los Contribuyentes Hábiles Que Participarán En Los Sorteos Públicos, De Conformidad Con Lo Establecido En La Ordenanza Municipal N° 240-2020-MDP/C y en las Bases del Sorteo Con Tu Puntualidad En Tus Tributos Puedes Llevarte Un Auto Nuevo Cero“0” Kilómetros”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”.

Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”.

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y demás normas ampliatorias, afines y complementarias, se declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del virus COVID-19, el mismo que se inició el 16 de marzo del presente año y sigue vigente a la fecha.

Que, mediante Ordenanza N°240-2020-MDP/C “Ordenanza para Otorgamiento de Premios a través de Sorteo por el Pago Puntual de Obligaciones Tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la Jurisdicción del Distrito de Pachacámac”, se establecen las políticas, condiciones y procedimientos que regulan los sorteos públicos denominados “Con tu puntualidad puedes llevarte un Auto cero “0” Kilómetros”, a fin de cumplir con los objetivos y acciones que permitan generar conciencia tributaria en los contribuyentes, e incrementar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 026-2020-MDP/A se prorrogó al 30 de setiembre de 2020, el vencimiento para el pago total de las obligaciones tributarias por concepto del impuesto predial y arbitrios del ejercicio fiscal 2020, a efectos de considerar a los contribuyentes hábiles que participarán en los sorteos públicos, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C y en las bases del Sorteo “Con tu puntualidad puedes llevarte un Auto cero “0” Kilómetros”.

Que, con el Informe N° 117-2020-MDP/GR-SGRR de fecha 17 de setiembre de 2020, la Subgerencia de Registro y Recaudación propone prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2020, la fecha de vencimiento para el pago total de las obligaciones tributarias por concepto del impuesto predial y arbitrios para el ejercicio fiscal 2020, a efectos de considerar a los contribuyentes hábiles que participarán en los sorteos públicos, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C y en las bases del Sorteo “Con tu puntualidad puedes llevarte un Auto cero “0” Kilómetros”, toda vez que se ha visto afectado el cumplimiento de pagos de las deudas tributarias por parte de los contribuyentes, debido a las consecuencias surgidas por el brote del COVID-19 y a las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo.

Que, mediante Informe N° 049-2020-MDP/GR la Gerencia de Rentas recomienda extender hasta el 30 de noviembre de 2020 la vigencia de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C.

Que, mediante Informe N° 241-2020-MDP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente para que se emita el Decreto de Alcaldía que prorrogue la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C hasta el 30 de noviembre de 2020.

Que, de conformidad con el articulo Décimo Primero de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C se faculta al señor Alcalde del Distrito de Pachacámac para que mediante Decretos de Alcaldía establezca prorrogas en la vigencia de la misma.

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6° del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C hasta el 30 de noviembre de 2020, por las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo: POSTERGAR la prorroga señalada en el Artículo Primero, referente a la fecha del primer sorteo del mes de julio de 2020, para el último trimestre del 2020 respectivamente.

Artículo Tercero: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y demás áreas vinculada en cuanto corresponda.

Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO

Alcalde

1889577-1