Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, para el pago del gasto efectuado en atención al apoyo brindado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco del D.U. Nº 014-2019

Resolución Ministerial

N° 225-2020-TR

Lima, 30 de setiembre de 2020

VISTOS: El Memorando N° 557-2020-MTPE/4/11, de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 0894-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 1899-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprueba, mediante Resolución Ministerial N° 301-2019-TR, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2020 por un monto de S/ 306 996 966,00 (TRESCIENTOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;

Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, dispone que, durante el Año Fiscal 2020, cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP), para transporte aéreo, terrestre y fluvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar transferencias financieras a favor de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, la norma citada en el considerando precedente, establece que dichas transferencias se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, asimismo, la norma aludida dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM, y de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo, bajo responsabilidad de su Titular. La resolución del Titular del Pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2020-PCM, se estableció el monto máximo de S/ 52 727,00 (CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020, que podría destinar el Pliego 026 - Ministerio de Defensa para esos fines;

Que, a través del Oficio N° D000112-2020-PCM/SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remite adjunto el Informe N° D000098-2020-PCM-OGPP, elaborado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto, señalando que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 017-2020-PCM, para atender las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020, con cargo a su presupuesto;

Que, la Secretaría General del Ministerio de Defensa mediante Oficio N° 04756-2020-MINDEF/SG, remite a esta Entidad el costo del servicio de apoyo brindado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo durante el período de enero a julio de 2020, que determina el monto a transferir por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a favor del Ministerio de Defensa, por la suma de S/ 25 702,60 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DOS Y 60/100 SOLES);

Que, de acuerdo al numeral 34.1 del artículo 34 de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros;

Que, la Oficina General de Administración, mediante el Memorando N° 557-2020-MTPE/4/11, remite el Informe N° 0029-2020-MTPE/4/11, de la Oficina de Finanzas, conteniendo la Nota de certificación presupuestal N° 1295, correspondiente al monto a desembolsar a favor del Ministerio de Defensa, por la suma de S/ 25 703,00 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES);

Que, a través del Memorando N° 0894-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se remite adjunto el Informe N° 0540-2020-MTPE/4/9.2 elaborado por la Oficina de Presupuesto, que sustenta la opinión favorable en materia presupuestaria para realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa por el importe total de S/ 25 703,00 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES);

Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera, por la suma de S/ 25 703,00 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el pago de los gastos efectuados por el Ministerio de Defensa en atención al apoyo brindado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Con las visaciones de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración hasta por la suma de S/ 25 703,00 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el pago del gasto efectuado en atención al apoyo brindado al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de la fuente de financiamiento de recursos ordinarios, según el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial, no podrán ser destinados bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicar la presente resolución ministerial y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

ANEXO

TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 012 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO “UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE TRABAJO-OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN” FUENTE FINANCIAMIENTO 1. RECURSOS ORDINARIOS. AL PLIEGO 026: MINISTERIO DE DEFENSA

PLIEGO

CONCEPTO

TRANSFERENCIA FINANCIERA

1

Pliego 026: Ministerio de Defensa

Por el traslado aéreo de la Comitiva del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que visitó la región San Martin el 21 de mayo del año en curso, a fin de mitigar los efectos negativos de la actual emergencia sanitaria del COVID-19.

S/ 25,703.00

1889396-1