Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica

Resolución Ministerial

N° 222-2020-TR

Lima, 30 de setiembre de 2020

VISTOS: El Oficio N° 000778-2020-CG/DC, de la Contraloría General de la República; el Memorando Nº 571-2020-MTPE/4/11, de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 0895-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 1898-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprueba, mediante Resolución Ministerial N° 301-2019-TR, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2020 por un monto de S/ 306,996,966,00 (TRESCIENTOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias, dispone, entre otros, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la Republica para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a sus presupuestos institucionales a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la Republica, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo del consejo regional o consejo municipal en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y la resolución del titular del pliego y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del consejo municipal se publica en su página web;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría, por período a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las mismas;

Que, a través del Oficio Nº 000778-2020-CG/DC, la Contraloría General de la República, solicita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, efectuar la transferencia a la Contraloría General de la República por la suma de S/ 227,164.00 (DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar el 100% de la retribución económica por el periodo auditado 2020;

Que, la Oficina General de Administración, mediante el Memorando Nº 571-2020-MTPE/4/11, remite la Hoja de Elevación Nº 0220-2020-MTPE/4/11.1 con el Informe N° 30-2020-MTPE-NFAVS de la Oficina de Finanzas, a través del cual otorga la Certificación de Crédito Presupuestario mediante la Nota Nº 1306, en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios para la auditoría periodo 2020 por la suma de S/ 227,164.00 (DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES);

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Directiva N° 036-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, dado el carácter financiero del presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros;

Que, a través del Memorando N° 0895-2020-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Sector, adjunta el Informe N° 0542-2020-MTPE/4/9.2 emitido por la Oficina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente;

Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera, por la suma de S/ 227,164.00 (DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar los gastos efectuados para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a los estados financieros del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica, y sus modificatorias;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 227,164.00 (DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para financiar el 100% de la retribución económica por el periodo auditado 2020, correspondiente a los gastos efectuados para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a los estados financieros del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, según el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, cuyos recursos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- Disponer que la presente resolución ministerial y el anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

ANEXO

TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 012: MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO “UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE TRABAJO - OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN”, FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1. RECURSOS ORDINARIOS, AL PLIEGO 019: CONTRALORIA GENERAL.

PLIEGO

UNIDAD EJECUTORA

CONCEPTO

TRANSFERENCIA FINANCIERA

1

Pliego 019: Contraloría General

UE 001-196: Contraloría General

Contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a los estados financieros del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

S/ 227,164.00

1889333-1