Aprueban la “Directriz para el uso de la Plataforma de la Mesa de Partes Virtual de la Contraloría General de la República”

Resolución de Secretaría General

Nº 090-2020-CG/SGE

Lima, 25 de setiembre de 2020

VISTO:

El Memorando N° 001540-2020-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; Memorando N° 000980-2020-CG/DOC y Memorando N° 000998-2020-CG/DOC, de la Subgerencia de Gestión Documentaria; Memorando N° 000250-2020-CG/MODER, de la Subgerencia de Modernización; y la Hoja Informativa N° 000284-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa, de la Contraloría General de la Republica;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, teniendo por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declara “Emergencia Sanitaria” a nivel nacional, por el plazo de 90 días calendario, por la existencia del COVID-19 en nuestro país; prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA, por 90 días calendario; y posteriormente con Decreto Supremo
N° 027-2020-SA, por 90 días calendario a partir del 8 de setiembre de 2020;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, publicado el 15 de marzo de 2020, precisado, modificado y ampliado temporalmente mediante diversos decretos supremos se declaró, a partir del 16 de marzo de 2020, el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; siendo que, con Decreto Supremo N° 146-2020-PCM, publicado el 28 de agosto de 2020, dicho Estado de Emergencia Nacional se ha prorrogado hasta el 30 de setiembre de 2020;

Que, mediante Decreto Supremo N°116-2020-PCM, publicado el 26 de junio de 2020, se dispuso mediante el numeral 10.1 del artículo 10, que las entidades del Sector Público de cualquier nivel de gobierno adoptarán las medidas pertinentes para el desarrollo de sus actividades y la atención a la ciudadanía, salvaguardando las restricciones sanitarias y el distanciamiento social, implementando o habilitando la virtualización de trámites, servicios u otros;

Que, considerando la situación en la que actualmente nos encontramos como consecuencia del brote del COVID-19, resulta pertinente dotar a los administrados de medios electrónicos de presentación de documentos a través del uso de la Plataforma de Mesa de Partes Virtual, mediante la cual el administrado podrá realizar la presentación de documentos de manera electrónica a la Contraloría General de la República, sin necesidad de apersonarse a la mesa de partes institucional ni a las mesas de partes de las Gerencias Regional de Control;

Que, estando al Memorando N° 0001540-2020-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; Memorando N° 000980-2020-CG/DOC y Memorando N° 000998-2020-CG/DOC, de la Subgerencia de Gestión Documentaria; Memorando N° 000250-2020-CG/MODER, de la Subgerencia de Modernización; la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa N° 000284-2020-CG/GJN, considera viable jurídicamente la emisión del acto resolutivo que aprueba la “Directriz para el uso de la Plataforma de la Mesa de Partes Virtual de la Contraloría General de la República”;

En uso de la facultad establecida en el literal x) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría N° 030-2019-CG y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Directriz para el uso de la Plataforma de la Mesa de Partes Virtual de la Contraloría General de la República” que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La vigencia de la Directriz aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución entra en vigencia el 28 de setiembre de 2020.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y esta a su vez con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL IGLESIAS LEÓN

Secretario General

1888423-2