Modifican el TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo

DECRETO DE ALCALDíA

Nº 056-2020- MPT

Trujillo, 19 de agosto de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE TRUJILLO

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la administración Municipal, se rige entre otros principios consagrados en el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27444 – ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, por el Principio de Legalidad; el mismo que refiere que todas las autoridades administrativas, deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, pero dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas;

Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;

Que, mediante decreto supremo Nº 002-2018-PCM, se aprueba el nuevo reglamento de inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones y en disposición complementaria: derogatoria única – derogatoria: A la entrada en vigencia del presente decreto supremo, queda sin efecto el reglamento aprobado por decreto supremo Nº 058-2014-PCM;

En el artículo 18 y articulo 19 del nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, se especifica las clases de ITSE y la clasificación del nivel de riesgo nivel de riesgo bajo o medio, alto y muy alto, por consiguiente, es necesario adecuar a la nueva normatividad el requisito Nº 4, del procedimiento administrativo Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular”;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo y modificatorias;

Que, mediante Oficio Nº447-2020-MPT/GDEL, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, solicita la eliminación del Procedimiento Administrativo Nº 11 Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico, contenido en el TUPA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatoria, indicando que se observa que dichas autorizaciones están causando desorden, comercio ambulatorio, etc., y no está cumpliendo con la finalidad con la que se propuso;

Que, mediante Oficio Nº 934-2020-MPT/GPP, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto en referencia al Informe Nº 026-2020-MPT-GPP-SGPR-TIC, concluye que es factible eliminar el procedimiento administrativo “Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico”, a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización, así mismo modificar el número de orden de los procedimientos administrativos y es necesario adecuar al nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, decreto supremo Nº 002-2018-PCM, el requisito Nº 4 del procedimiento administrativo ” Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular” contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias;

Que, mediante Informe Legal Nº 902-2020-MPT/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que resulta procedente la eliminación del Procedimiento Administrativo Nº 11 Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico y modificar el número de orden de los procedimientos administrativos, conforme al anexo N º 1 y modificar el requisito Nº 4 del procedimiento administrativo ”Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular” que se encuentran a cargo de la Sub Gerencia de Licencias y Comercialización, establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Trujillo;

En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 6) y Artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 247972, se:

DECRETA:

Artículo Primero.- ELIMINAR el Procedimientos Administrativos Nº 11 Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización al Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias.

Artículo Segundo.- MODIFICAR el número de orden de los procedimientos administrativos a cargo de la Subgerencia de Licencia y Comercialización contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias, de acuerdo al Anexo Nº01, que forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- MODIFICAR el requisito Nº 4, del procedimiento administrativo: “Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular”, contenido en el TUPA, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT, y modificatorias que a la letra dice: Indicar número de informe favorable de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones.

Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Decreto y su anexo en el Portal del Diario El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo.

Artículo Quinto.- VIGENCIA, el presente Decreto entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación.

Artículo Sexto.- NOTIFICAR, el presente Decreto y sus anexos a las instancias que corresponda para los fines de su cumplimiento.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JOSÉ PRUDENCIO RUIZ VEGA

Alcalde

ANEXO 1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO

DECRETO DE ALCALDÍA N° 056-2020-MPT

SUB GERENCIA DE LICENCIAS Y COMERCIALIZACIÓN

Nº de Orden

Denominación del Procedimiento

11

Declaración Jurada Anual de Permanencia en la Actividad Autorizada.

12

Duplicado de Licencia de Funcionamiento.

13

Constancia de tener o no tener Licencia de Funcionamiento.

14

Autorización eventual para ocupar espacio en interior de Centros Comerciales, Malls o Campos Feriales.

15

Autorización para Funcionamiento de Feria en Local o Espacio Particular.

16

Autorización para Funcionamiento de Feria en Espacio Público.

17

Autorización para realización de té danzant o parrillada.

18

Autorización para realización de rifas, sorteos, loterías y similares.

19

Autorización para realización de bingos.

20

Autorización para realización de bailes Sociales.

21

Autorización para realización de espectáculos calificados como Culturales por el INC.

22

Autorización para realización de show artístico o concierto musical.

1886594-1