Reconforman la Primera y la Segunda Sala Civil Permanente de la CSJ-LIMA NORTE

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima Norte

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000550-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ

Independencia, 14 de septiembre 2020

VISTO:

La Resolución Administrativa n° 237-2020-P-PJ del 13.9.2020 (en adelante R.A 237-2020) expedida por la Corte Suprema de la Republica, la Resolución Corrida. n° 131-2020-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (en adelante R.C.131-2020), el Oficio n°410-2020-GAD-CSJLIMANORTE-PJ, e Informe n.° 141-2020-CP-UAF-GAD-CSJLIMANORTE; y,

CONSIDERANDO:

1. Con R.A. 237-2020 la Presidencia de la Corte Suprema dispone la reconformación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la Justicia de la Republica, a partir de la fecha, incorporando como integrante al señor Juez Superior Edgardo Torres López, Magistrado de esta Corte.

2. Ante la promoción del Magistrado mencionado corresponde adoptar las medidas pertinentes para garantizar la continuación del servicio jurisdiccional en el órgano jurisdiccional en el que venía desempeñándose el mismo.

3. Atendiendo que aquella situación dará lugar, también, a la promoción en orden sucesivo de otros Magistrados de esta Corte, se toma en cuenta que por R.C. 131-2020 el CE-PJ autorizó a los Presidentes de las Corte Superiores de Justicia del país para que, excepcionalmente, designen a trabajadores judiciales de su jurisdicción como jueces supernumerarios, siempre que cumplan con los requisitos de ley, no tengan incompatibilidades y sean los más idóneos, ello mientras dure el estado de emergencia.

4. En ese ámbito, se tiene en cuenta el Informe n° 141-2020 de la Coordinación de Personal con el listado de trabajadores judiciales que cuentan con los requisitos mínimos para ser designados como jueces supernumerarios a fin de cubrir las plazas de jueces supernumerarios, oportunamente remitido mediante el oficio que precede por la Gerencia de Administración Distrital.

5. Con lo anotado, estando a que el Presidente de la Corte es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial, y como tal, tiene la responsabilidad de llevar a cabo una adecuada política de gobierno, enfocada hacia la atención óptima del servicio judicial, y teniendo para ello la facultad de designar, reasignar y dejar sin efecto las designaciones de magistrados provisionales y supernumerarios, conforme a las disposiciones de los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del TUO de la ley Orgánica del Poder Judicial, se debe emitir el acto administrativo correspondiente.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER la RECONFORMACIÓN de la PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE de la CSJ-LIMA NORTE, a partir de la fecha (14/9/2020), con los siguientes Jueces Superiores:

Juez Superior (T) Walter Alfredo DIAZ ZEGARRA Presidente

Jueza Superior (T) Rosa María CATACORA VILLASANTE Integrante

Juez Superior (T) Lorenzo CASTOPE CERQUIN Integrante

Artículo Segundo.- PROMOVER a la señora Jueza Especializada Titular HILDA JULIA HUERTA RIOS como Jueza Superior Provisional de la CSJ de Lima Norte, a partir de la fecha (14/9/2020).

Artículo Tercero.- DISPONER la RECONFORMACIÓN de la SEGUNDA SALA CIVIL PERMANENTE de la CSJ-LIMA NORTE, a partir de la fecha (14/9/2020), con los siguientes Jueces Superiores:

Jueza Superior (T) Carmen María LOPEZ VASQUEZ Presidenta

Jueza Superior (P) María Elisa ZAPATA JAEN Integrante

Jueza Superior (P) Hilda Julia HUERTA RÍOS Integrante

Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la abogada CARMEN LUISA LUA YONG como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado Civil Permanente de Condevilla de la CSJ de Lima Norte, a partir de la fecha (14/9/2020).

Artículo Quinto.- DISPONER que las designaciones establecidas en la presente resolución no deben alterar ni interferir en el trámite y culminación de los procesos jurisdiccionales a cargo de los Magistrados mencionados, quienes deben evitar el quiebre o frustración de las vistas de causas y demás actos procesales, según corresponda.

Artículo Sexto.- DISPONER que la magistrada promovida presente el inventario de los expedientes correspondientes a su despacho, encargándose a la ODECMA la verificación del cumplimiento, principalmente, de los plazos procesales, de acuerdo a sus funciones.

Artículo Sétimo.- PONER a conocimiento la presente resolución la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Informática, Coordinación de Personal, así como de los interesados para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

VICENTE AMADOR PINEDO COA

Presidente

1884653-1