Apoyan pronunciamiento de Alcaldes de diversas Municipalidades Distritales, por la irrita transferencia del Ministerio de Economía y Finanzas, que pone en grave riesgo la continuidad de los servicios esenciales de las municipalidades

ACUERDO DE CONCEJO

N° 032–2020-MDEA

El Agustino, 24 de julio del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO

VISTO: En Sesión Ordinaria Virtual de Concejo Municipal de fecha 24 de Julio del 2020, el informe del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Agustino, sobre la publicación del Decreto de Urgencia N° 081-2020 de fecha 06 de Julio del 2020, sobre transferencia a los Gobiernos Locales para el financiamiento del gasto operativo esencial, la Carta S/N. de fecha 07 de Julio del 2020 y el Oficio N° 152-2020-ALC/MDEA, de fecha 09 de julio del 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 081-2020 de fecha 06 de Julio del 2020, el Gobierno Central emite la citada norma para dinamizar las inversiones y los servicios a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras medidas, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, estableciendo en su Anexo, el Apoyo a las 1,874 Municipalidades a nivel Nacional, para el financiamiento del gasto operativo esencial;

Que, el Anexo del Decreto de Urgencia N° 081-2020, dispone una transferencia de S/ 67,200.00 (Sesenta y Siete Mil Doscientos con 00/100 soles) a la Municipalidad Distrital de El Agustino para ser utilizados en Gastos Corrientes, es decir gastos operativos correspondientes al año fiscal 2020;

Que, con fecha 09 de Julio del 2020 la Oficina de Gestión Documental y Atención al Usuario del Ministerio de Economía y Finanzas recepcionó el Oficio N° 152-2020-ALC/MDEA de la Alcaldía de la Municipalidad Distrital de El Agustino, en el que se solicita a la Ministra de Economía y Finanzas, la reevaluación de los montos transferidos en el marco del Decreto de Urgencia N° 081-2020 por considerarse un monto insuficiente para financiar los gastos operativos esenciales del Año Fiscal 2020, situación que pone en grave riesgo la salud e integridad física de sus habitantes, poniendo en grave riesgo la continuidad de los servicios públicos municipales;

Que, con fecha 14 de Julio del 2020, la Oficina de Gestión Documental y Atención al Usuario del Ministerio de Economía y Finanzas recepcionó el Pronunciamiento dirigido a la Ministra de Economía y Finanzas, suscrito por los Alcaldes de la Municipalidad Distrital de El Agustino, Surquillo, San Miguel, Santa Anita, Comas, Carabayllo, Los Olivos, Magdalena del Mar, Barranco, San Juan de Lurigancho, Puente Piedra, Pueblo Libre, Lince, Villa María del Triunfo y la de Villa El Salvador, respecto al Decreto de Urgencia N° 081-2020, mostrando su preocupación por a la irrita transferencia de S/ 67,200.00 (Sesenta y Siete Mil con 00/100 soles) asignada a sus municipios;

Que, asimismo los Alcaldes distritales firmantes solicitan a la Ministra de Economía y Finanzas, realice una reevaluación de la transferencia efectuada y se disponga una segunda transferencia a favor de los Gobiernos Locales que no han sido favorecidos revirtiendo así esta injusta situación, que garantizaría la continuidad de los servicios municipales;

Que, el pleno del Concejo Municipal del Distrito de El Agustino reunidos en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo, estando a las consideraciones antes aludidas y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de comisiones, lectura y aprobación del acta; y con el voto MAYORITARIO de los señores regidores:

ACUERDA:

Artículo Primero.- APOYAR, el pronunciamiento de los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de El Agustino, Surquillo, San Miguel, Santa Anita, Comas, Carabayllo, Los Olivos, Magdalena del Mar, Barranco, San Juan de Lurigancho, Puente Piedra, Pueblo Libre, Lince, Villa María del Triunfo y la de Villa El Salvador, por la irrita transferencia del Ministerio de Economía y Finanzas, que pone en grave riesgo la continuidad de los servicios esenciales de las municipalidades, debido a la grave crisis económica-financiera que viene atravesando el país por el estado de emergencia sanitaria nacional.

Artículo Segundo.- SOLICITAR, a la Ministra de Economía y Finanzas, efectúe una revaluación de los criterios técnicos utilizados para el otorgamiento de los montos transferidos a las Municipalidades y disponga una segunda transferencia que permita garantizar el financiamiento de los gastos esenciales y prioritarios de cada una de las municipalidades afectadas.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General poner en conocimiento de las distintas áreas administrativas de la Municipalidad el presente acuerdo, y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su Publicación en el Portal Institucional (www.mdea.gob.pe).

POR TANTO

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS

Alcalde

1882921-4