Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 393-2020/MDCH, que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Chorrillos por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (Covid-19)

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 008-2020-MDCH

Chorrillos, 27 de agosto de 2020

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

VISTOS:

El Proveído Nº 1390-2020-MDCH-GM de fecha 27 de agosto de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 287-2020-GAJ-MDCH de fecha 26 de agosto de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0171-2020-GAT-MDCH e Informe Nº 0892/2020-SR-GAT-MDCH de fecha 19 de agosto de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Rentas respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el artículo 42º del mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 393-2020/MDCH, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 31 de mayo del 2020, se estableció otorgar beneficios tributarios y no tributarios en el Distrito de Chorrillos por el estado de emergencia nacional por el brote del Coronavirus COVID-19, a fin de motivar a los contribuyentes al pago de sus deudas tributarias.

Que, de la misma normativa en la tercera disposición complementaria, se dispuso la facultad al Alcalde para que. mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2020-MDCH, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de junio del 2020, prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH, que estableció beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Chorrillos por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19); hasta el 31 de agosto del 2020;

Que, mediante Informe Nº 0892/2020-SR-GAT-MDCH e Informe Nº 0171/2020-GAT-MDCH, de fecha 19 de agosto del 2020, la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Tributaria respectivamente remiten a la Gerencia Municipal propuesta de prórroga de fecha de pago de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH hasta el 31 de octubre del 2020, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario oficial “El Peruano”;

Que, esta Corporación Edil, dentro de sus políticas de desarrollo social sostenible, y en búsqueda del bienestar colectivo, considera necesario brindar facilidades a los contribuyentes que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias otorgándoles beneficios tributarios extraordinarios temporales.

Que, mediante Informe Nº 287-2020-GAJ-MDCH, de fecha 20 de agosto del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH;

Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica;

DECRETA:

Artículo 1.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH “Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios en el Distrito de Chorrillos por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (Covid-19), hasta el 31 de octubre del 2020.

Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes, en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo, de acuerdo a sus competencias.

Artículo 3.- Disponer a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la Página Web Institucional.

Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Augusto Miyashiro Ushikubo

Alcalde

1880741-1