Amplían plazo establecido en la R.M. N° 175-2020-MINEM/DM, que dispone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, para recibir comentarios y/o aportes

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 225-2020-MINEM/DM

Lima, 17 de agosto de 2020

VISTOS: El Memorando Nº 0299-2020/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; los Informes Nº 230-2020-MINEM/DGE y Nº 463-2020-MINEM/OGAJ de la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, se establece que este Ministerio es competente en materia de energía relacionados con la electricidad e hidrocarburos, y de minería;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley Nº 30705, dispone que el Ministerio de Energía y Minas ejerce la función rectora de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas; para la gestión de los recursos energéticos y mineros; para el otorgamiento y reconocimiento de derechos; para la realización de acciones de fiscalización y supervisión; para la aplicación de sanciones administrativas; y para la ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa vigente;

Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Precisa, además, que dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18 de julio de 2020, se dispone la publicación del proyecto normativo “Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, que tiene por objeto modificar diversas disposiciones a fin de perfeccionar el marco normativo en materia de electricidad;

Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad señala que en el marco del procedimiento de publicación del proyecto normativo Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, se ha recibido solicitudes para ampliar el plazo establecido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM, a fin de cumplir con realizar los comentarios y/o aportes correspondientes;

Que, habiendo evaluado las solicitudes presentadas por los interesados, la DGE en el Informe de Vistos señala que si bien es importante establecer mecanismos de participación ciudadana, es necesario a su vez, que las medidas que ameriten las modificaciones propuestas tengan una atención oportuna por parte de la Entidad, por lo que resulta pertinente ampliar el plazo establecido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM en quince (15) días calendarios, contados a partir del 18 de agosto de 2020;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-MINEM; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliación del plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM

Amplíese por quince (15) días calendario, el plazo establecido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 175-2020-MINEM/DM que dispone la publicación del proyecto Decreto Supremo que modifica diversas disposiciones del Subsector Electricidad”, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados.

Artículo 2.- Mecanismo de participación

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas vía electrónica, con atención a la Dirección General de Electricidad, a las siguientes direcciones de correo electrónico: Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe y gcoello@minem.gob.pe

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS

Ministro de Energía y Minas

1877993-1