Disponen prorrogar el plazo para la recepción de comentarios y sugerencias respecto del proyecto normativo “Reglamento de fiscalización y sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin”

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 113-2020-OS/CD

Lima, 13 de agosto de 2020

VISTO:

El Memorando N° GAJ-437-2020, por el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica somete a consideración del Consejo Directivo, el proyecto de resolución de Consejo Directivo que aprueba la ampliación de plazo para recibir comentarios o sugerencias al proyecto normativo “Reglamento de fiscalización y sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, establece que la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, referidas a las obligaciones o derechos de las entidades supervisadas o de sus usuarios;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo de esta entidad está facultado a aprobar procedimientos administrativos especiales que norman los procesos administrativos vinculados, entre otras, con las funciones supervisora, fiscalizadora y sancionadora;

Que, por su parte, el artículo 20 de la Ley N° 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras a Osinerg, faculta a este organismo a establecer el procedimiento de ejecución de las decisiones y resoluciones de sus órganos.

Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos, recepción de comentarios y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, mediante la Resolución N° 095-2020-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el día 31 de julio de 2020, el Consejo Directivo de Osinergmin aprobó la publicación para comentarios del proyecto normativo “Reglamento de fiscalización y sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin”, que reemplazaría a la norma vigente aprobada por Resolución N° 040-2017-OS/CD;

Que, el artículo 2 de la Resolución N° 095-2020-OS/CD estableció un plazo de quince (15) días calendario siguientes a su publicación, a fin de que los interesados remitan por escrito sus comentarios o sugerencias al proyecto normativo, el mismo que vence el 15 de agosto de 2020;

Que, con fecha 10 y 11 de agosto de 2020, se ha recibido las comunicaciones de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía y de la empresa concesionaria ENEL S.A., respectivamente, mediante las cuales solicitan que se extienda el plazo otorgado en la Resolución N° 095-2020-OS/CD, con la finalidad de que puedan realizar una mejor evaluación de la propuesta normativa y formular apropiadamente sus comentarios;

Que, teniendo en consideración lo señalado en las solicitudes antes mencionadas, a fin de poder recibir la mayor cantidad de opiniones, comentarios y sugerencias de todos los interesados, que permitan enriquecer y mejorar el contenido del proyecto normativo, se considera conveniente ampliar el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución N° 095-2020-OS/CD hasta el 31 de agosto de 2020;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y el literal b) del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 27-2020.

SE RESUELVE:

Artículo 1- Prórroga

Prorrogar el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo N° 095-2020/OS-CD hasta el 31 de agosto de 2020, para la recepción de comentarios y sugerencias de todos los interesados al proyecto normativo “Reglamento de fiscalización y sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin”, publicado el 31 de julio de 2020.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin.

Antonio Angulo Zambrano

Presidente del Consejo Directivo (e)

1877443-1