Suspenden actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 006-2020-MDMP

Mi Perú, 24 de junio del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

MI PERU

Visto el Memorándum Nº 465-2020-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 227-2020-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 305-2020-MDMP/GPPR y el Informe Nº 079-2020-MDMP/GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional y se dictan medidas de prevención y control del Coronavirus (COVID-19); asimismo, mediante Decreto Supremo No 044-2020-PCM y sus prórrogas, se declara el Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) así como medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, por último, mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM, publicado el 23 de mayo de 2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional a partir del 25 de mayo hasta el 30 de junio de 2020, y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;

Que, es responsabilidad del Estado reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, adoptando acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 057-2020 se dictó medidas complementarias para los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el marco de la atención de la emergencia sanitaria por los efectos del coronavirus (COVID -19), el mismo que tiene por objeto establecer medidas complementarias, en materia económica y financiera, que permitan a los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales implementar medidas que permitan, en el marco de sus competencias, garantizar la ejecución de acciones oportunas para la atención de la emergencia sanitaria generada por el brote del virus COVID-19;

Que, en ese sentido, el artículo 4º del antes señalado Decreto de Urgencia Nº 057-2020 establece que durante el Año Fiscal 2020 se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fin de contribuir a las medidas de aislamiento social en el marco de la emergencia sanitaria nacional, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en las cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo;

Que, mediante Ordenanza Nº 043-MDMP de fecha 13 de febrero del 2020, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021, facultándose al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la indicada Ordenanza;

Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización mediante Memorándum Nº 305-2020-MDMP/GPPR señala que dentro del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021, se encuentran actualmente en la etapa de Convocatoria a los Agentes Participantes;

Que, mediante Informe Legal Nº 227-2020-MDMP/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del correspondiente análisis legal, opina que resulta procedente la suspensión del proceso del presupuesto participativo para el año 2021;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- SUSPENDER las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el año 2021, según lo expuesto en la parte considerativa del presente decreto de alcaldía.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y a la Subgerencia de Planificación y Programación de Inversiones.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA

Alcalde

1875682-1