Otorgan concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión Aguaytía - Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)” a favor de Terna Perú S.A.C., ubicada en el departamento de Ucayali

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 191-2020-MINEM/DM

Lima, 31 de julio de 2020

VISTOS: El Expediente Nº 14388819 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)”, presentada por la empresa Terna Perú S.A.C. (en adelante, TERNA); y, los Informes Nº 067-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 276-2020-MINEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 05 de septiembre de 2017, el Ministerio de Energía y Minas en representación del Estado peruano y TERNA suscribieron el Contrato de Concesión SGT “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)”, mediante el cual este último se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios requeridos, construir, operar y mantener dicho proyecto;

Que, mediante el documento con registro Nº 2961699 de fecha 31 de julio de 2019, TERNA solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)”, ubicado en los distritos de Alexander Humboldt, Irazola, Neshuya y Padre Abad, de la provincia de Padre Abad; y, los distritos de Campoverde, Callería y Yarinacocha, de la provincia de Coronel Portillo; ambas provincias del departamento de Ucayali;

Que, conforme al Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad, de acuerdo a sus competencias, verifica el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomienda otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)”;

Con el visto del Viceministro de Electricidad, del Director General de la Dirección General de Electricidad y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar a favor de Terna Perú S.A.C., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)”, ubicada en los distritos de Alexander Humboldt, Irazola, Neshuya, Padre Abad, Campoverde, Callería y Yarinacocha; de las provincias del Padre Abad y Coronel Portillo, del departamento de Ucayali, en los términos y condiciones de la presente resolución, y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente resolución.

Artículo 2º.- Precisar que las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/ Llegada de la Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

Nº de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

S.E. AguaytíaS.E. Pucallpa (Segundo Circuito)

138

01

132,7

20

Subestaciones

Características técnicas

Ampliación en la S.E. Aguaytía

Comprende la implementación de una (01) celda en 138 kV para la segunda línea a la subestación Pucallpa y sistemas complementarios como: Sistemas de protección, control, medición, comunicaciones, puesta a tierra, pórticos y barras, obras civiles, etc.

Ampliación en la S.E. Pucallpa

Comprende la implementación de una (01) celda en 138 kV para la segunda línea a la Subestación Aguaytía y sistemas complementarios como: Sistemas de protección, control, medición, comunicaciones, puesta a tierra, pórticos y barras, obras civiles, etc.

Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 543-2020 a suscribirse, entre el Ministerio de Energía y Minas y Terna Perú S.A.C., el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos.

Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado peruano, el Contrato de Concesión Nº 543-2020, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5º.- Insertar el texto de la presente resolución en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 543-2020, referido en el artículo 3 de la presente resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Terna Perú S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL BELAÚNDE LLOSA

Ministro de Energía y Minas

1875480-1