Aprueban la creación de la Unidad Técnica Cajamarca del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera

Resolución de Dirección Ejecutiva

Nº 81-2020-ITP/DE

Lima, 25 de julio de 2020

VISTOS:

El Informe Técnico N° 06-2020-ITP/CITEmadera del 19 de julio de 2020, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera; el Informe N° 017-2020-ITP/DEDFO-cadriazola del 23 de julio de 2020, emitido por la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Informe N° 157-2020- ITP/OPPM del 23 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 351-2020-ITP/OAJ del 24 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE establecen que los CITE son órganos desconcentrados del ITP;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 150-2000-ITINCI, se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera”, cuya denominación fue modificada por el literal c) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 038-2019-PRODUCE;

Que, el tercer párrafo de artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE y el artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establecen que en cuanto el CITE tenga un alcance territorial de más de un departamento podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva del ITP;

Que, en el caso del CITEmadera de acuerdo al artículo 3 de la Resolución Suprema N° 150-2000-ITINCI, norma de creación del mencionado CITE, se dispone que el CITEmadera tendrá su sede en Lima y podrá crear Unidades Técnicas en cualquier lugar del territorio nacional;

Que, mediante Informe Técnico N° 06-2020-ITP/CITEmadera del 19 de julio de 2020, la Directora del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera (en adelante CITEmadera), alcanza el sustento técnico para la creación de la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca;

Que, mediante Informe N° 017-2020-ITP/DEDFO-cadriazola del 23 de julio de 2020, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica concluye que la propuesta de creación de la Unidad Técnica Cajamarca presentada por el CITEmadera es técnicamente viable;

Que, la disponibilidad presupuestal es sustentada por el Informe N° 157-2020- ITP/OPPM del 23 de julio de 2020, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

Que, mediante el Informe N°351-2020-ITP/OAJ del 24 de julio de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable la propuesta de creación de la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca, del CITEmadera;

Que, por los fundamentos expuestos corresponde emitir el acto de administración creando la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca, del CITEmadera;

Con la visación de la Secretaría General, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Cajamarca del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEmadera, cuyo objetivo es promover la innovación y mejorar la calidad, productividad, e información para el desarrollo competitivo del sector forestal maderable de la región de Cajamarca.

Artículo 2.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEmadera en coordinación con la Oficina de Administración determinen la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Cajamarca.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización consigne progresivamente en el Pliego 241 Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, los recursos para el funcionamiento permanente de la Unidad Técnica Madera en Cajamarca - Cajamarca – Región Cajamarca en el marco de la asignación al CITEmadera.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) publique la presente resolución en el portal institucional (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.-Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO RODRÍGUEZ SORIA

Director Ejecutivo

Instituto Tecnológico de la Producción

1873571-1