Autorizan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles

DECRETO SUPREMO

Nº 195-2020-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio Nº 00094-2020-MINAM/DM, el Ministerio del Ambiente presenta una demanda adicional de recursos a favor del Pliego 052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, hasta por la suma de S/ 4 172 960,00 (CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) para financiar la contratación de los servicios de los nóminas especialistas, la contratación de locadores de servicios especialistas en materia socio ambiental, la adquisición de materiales para la prevención del COVID-19 para sus trabajadores y el mantenimiento y sostenibilidad de la plataforma tecnológica EVA; toda vez que no cuentan con recursos suficientes para financiar dichos conceptos, los que por su naturaleza y coyuntura no pudieron ser previstos en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2020 de dicha entidad; habiendo adjuntado para dicho efecto el Informe Nº 00200-2020-MINAM/SG/OGPP/OPMI elaborado por la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones del citado Ministerio con los respectivos sustentos, conforme a la solicitud y documentos remitidos por el SENACE;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 4 172 960,00 (CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que dichos recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el Presupuesto Institucional del Pliego 052: SENACE en el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 4 172 960,00 (CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, para financiar la contratación de los servicios de los nóminas especialistas, la contratación de locadores especialistas en materia socio ambiental, la adquisición de materiales para la prevención del COVID-19 para sus trabajadores y el mantenimiento y sostenibilidad de la plataforma tecnológica EVA, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORIA

PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE :

2.0 Reserva de Contingencia : 3 892 960,00

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 280 000,00

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TOTAL EGRESOS 4 172 960,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 052 : Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración - SENACE

PROGRAMA PRESUPUESTAL 144 : Conservación y Uso Sostenible de Ecosistemas para la Provisión de Servicios Ecosistémicos

PRODUCTO 3000808 Entidades Supervisadas y Fiscalizadas en el Cumplimiento de los Compromisos y la Legislación Ambiental

ACTIVIDAD 5005939 : Implementación y operación del Sistema de Certificación Ambiental para los Instrumentos de Evaluación de Impacto Ambiental

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 3 892 960,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 280 000,00

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TOTAL EGRESOS 4 172 960,00

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Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas;

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1873475-2