Aprueban liberación de la nueva variedad de frijol denominada “INIA 439 - COSTACEN”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 0090-2020-INIA

Lima, 16 de julio de 2020.

VISTO: El Oficio N° 169-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/D y sus antecedentes, de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; y el Informe N° 0147-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1060, que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, se establece el marco jurídico aplicable mediante el cual el Estado, a través del INIA promueve el desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia tecnológica en materia agraria con la finalidad de impulsar la modernización y la competitividad del sector agrario; (…);

Que, con Resolución Jefatural N° 0138-2016-INIA de fecha 20 de julio de 2016, se aprueba la Directiva General N° 002-2016-INIA, “Directiva para la generación y lanzamiento de nuevas variedades o cultivares en el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”, la cual tiene como objeto establecer procedimientos técnicos y administrativos, para la generación y lanzamiento de una nueva variedad o cultivar de INIA;

Que, por Memorando N° 368-2020-MINAGRI-INIA-SD/DSME de fecha 24 de abril de 2020, la Dirección de Supervisión y Monitoreo en la Estaciones Experimentales Agrarias (DSME) remite a la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA) el Informe Técnico N° 6-2020-MINAGRI-INIA-SD/DSME-LEQC, a través del cual hace llegar el análisis económico de la variedad de frijol “INIA 439 - COSTACEN”, señalando que revisado los costos, ingresos y rentabilidad se constató su viabilidad económica, recomendando la continuación del trámite de liberación;

Que, mediante Informe N° 039-2020-MINAGRI-INIA-DGIA-SDPIA/AESPA de fecha 24 de abril de 2020, la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria (SDPIA) remite a la DGIA el Informe N° 023-2020-MINAGRI-INIA-DGIA-SDPIA/AESPA a través del cual el Área de Estudios Socioeconómicos y Prospectiva Agraria (AESPA) de la SDPIA, señala que: “(…)” En el caso del informe técnico DHE de la NUEVA VARIEDAD DE FRIJOL INIA 439 - COSTACEN, el componente estadístico desarrollado aplicando promedios, desviación estándar y Coeficiente de Variabilidad (CV%) muestran resultados que son corroborados y satisfactorios (…)”; por lo que recomienda continuar con los trámites para su liberación;

Que, con Memorandos Nros. 1086-2020-MINAGRI-INIA-SDPA-DDTA/DG y 1102-2020-MINAGRI-INIA-SDPA-DDTA/DG ambos de fecha 08 de mayo de 2020, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) solicita a la DGIA la inscripción en el Registro de Cultivares Comerciales de la nueva variedad de frijol denominada “INIA 439 - COSTACEN” desarrollada por el Programa Nacional de Cereales, Granos Andinos y Leguminosas en la Estación Experimental Agraria (EEA) Donoso, y remite el expediente técnico y los formatos de la mencionada variedad, a efectos de proseguir con el trámite en el Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI);

Que, por Oficio N° 020-2020-MINAGRI-INIA/Rep. de fecha 19 de mayo de 2020, el INIA presentó la solicitud para la inscripción de la nueva variedad de frijol “INIA 439 - COSTACEN” en el Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas del INDECOPI, con Expediente N° 000540-2020/DIN;

Que, con Informe Técnico N° 0017-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/SDRIA-ARES de fecha 15 de junio de 2020, la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria (SDRIA) señala que el cultivar de frijol “INIA 439 – COSTACEN” ha cumplido con los requisitos mínimos que establece la legislación vigente en semillas, para ser inscrito en el Registro de Cultivares Comerciales; adjuntando el Certificado de Registro de Cultivar Comercial N° 001-2020-INIA inscrita en el folio N° 14 del Libro de Registro de Cultivar Comercial de Frijol N° 01 - INIA, de conformidad con la Ley N° 27262, Ley General de Semillas y su Reglamento;

Que, a través del Oficio N° 169-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/D de fecha 13 de julio de 2020, la DGIA remite a la Jefatura del INIA el Expediente Técnico y los respectivos informes técnicos, señalando que la referida variedad se destaca, entre otros, por su alta productividad: 3,0 a 3,5 t/ha (116.16% superior frente a la variedad testigo y con menor riesgo de variabilidad); buena calidad de grano (Color amarillo semi-intenso, tamaño grande y de forma circular a elíptica) y por ser superior a las variedades actuales en vigor y resistencia a plagas y enfermedades del frijol, siendo Resistente al virus del mosaico común (BCMV), a la roya (Uromyces phaseoli) y tolerante a la mosca minadora (Liriomyza sp); por lo que, recomienda su aprobación;

Que, mediante Informe N° 0147-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 15 de julio de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, la variedad de frijol denominada “INIA 439 - COSTACEN” desarrollada por el Programa Nacional de Cereales, Granos Andinos y Leguminosas en la EEA Donoso, se encuentra expedita para su liberación; por lo que corresponde emitir la Resolución Jefatural aprobándola, en virtud a lo dispuesto en el numeral 6.13.3 de la Directiva General N° 002-2016-INIA;

Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario, la Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias, y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la liberación de la nueva variedad de frijol denominada “INIA 439 - COSTACEN”, sustentada en el Expediente Técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2.- DISPONER la difusión de la nueva variedad de frijol denominada “INIA 439 - COSTACEN”; la cual estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria Donoso.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www.inia.gob.pe) y en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MAICELO QUINTANA

Jefe

1871629-1