Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C, que estableció el otorgamiento de premios a través de sorteo por el pago puntual de obligaciones tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la jurisdicción del distrito de Pachacámac

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 024-2020-MDP/A

Pachacámac, 30 de junio del 2020.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

PACHACÁMAC

VISTO:

El Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y normas ampliatorias, afines y complementarias que declaran el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, el informe Nº 084-2020-MDP/GR-SGRR de la Subgerencia de Registro y Recaudación, el Informe Nº 032-2020-MDP/GR de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 164-2020-MDP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre “PRÓRROGA DE LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS POR CONCEPTO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DEL EJERCICIO FISCAL 2020, A EFECTOS DE CONSIDERAR A LOS CONTRIBUYENTES HÁBILES QUE PARTICIPARÁN EN LOS SORTEOS PÚBLICOS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 240-2020-MDP/C Y EN LAS BASES DEL SORTEO CON TU PUNTUALIDAD EN TUS TRIBUTOS PUEDES LLEVARTE UN AUTO NUEVO “0” KILÓMETROS”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”.

Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-EF, el Presidente de la República Decretó instaurar el Estado de Emergencia Nacional, el mismo que se inició el 16 de marzo del presente año y sigue vigente a la fecha.

Que, mediante Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C, se estableció el “Otorgamiento de Premios a través de Sorteo por el Pago Puntual de Obligaciones Tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la Jurisdicción del Distrito de Pachacámac”.

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2020-MDP/A, se prórroga al 30 de junio de 2020, de la fecha de vencimiento para el pago total de las obligaciones tributarias por concepto del impuesto predial y arbitrios del ejercicio fiscal 2020, a efectos de considerar a los contribuyentes hábiles que participarán en los sorteos públicos, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C y en las bases del Sorteo con tu puntualidad en tus tributos puedes llevarte un auto nuevo “0” Kms, toda vez que se ha visto afectado el cumplimiento de pagos de las deudas tributarias por parte de los contribuyentes, debido a las consecuencias surgidas por el brote del COVID-19 y a las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo.

Que, con el Informe Nº 084-2020-MDP/GR-SGRR, la Subgerencia de Registro y Recaudación propone “Prorrogar hasta el 31 de julio de 2020, la fecha de vencimiento para el pago total de las obligaciones tributarias por concepto del impuesto predial y arbitrios para el ejercicio fiscal 2020”, a efectos de considerar a los contribuyentes hábiles que participarán en los sorteos públicos, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C y en las bases del Sorteo con tu puntualidad en tus tributos puedes llevarte un auto nuevo 0 Kms”, toda vez que se ha visto afectado el cumplimiento de pagos de las deudas tributarias por parte de los contribuyentes, debido a las consecuencias surgidas por el brote del COVID-19 y a las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo.

Que, mediante Informe Nº 032-2020-MDP/GR la Gerencia de Rentas recomienda extender hasta el hasta el 31 de julio de 2020 la vigencia de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C.

Que, mediante Informe Nº 164-2020-MDP/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente para que se emita el Decreto de Alcaldía que prorrogue la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C hasta el 31 de julio de 2020.

Que, de conformidad con el articulo Décimo Primero de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C se faculta al señor Alcalde del Distrito de Pachacámac para que mediante Decretos de Alcaldía establezca prorrogas en la vigencia de la misma.

Por las consideraciones expuestas y estando a lo establecido en el numeral 6 del artículo 20º y artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C hasta el 31 de Julio del 2020, por las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y demás áreas vinculada en cuanto corresponda.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO

Alcalde

1870058-1