Prorrogan Beneficio Tributario por Pago Total o Parcial del Impuesto Predial ejercicio 2020 y dictan diversas disposiciones

Decreto de Alcaldía

N° 008-2020-MLV

La Victoria, 25 de junio de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA

VICTORIA;

VISTOS: El Informe N° 416-2020-SGRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el Informe N° 047-2020-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe N° 664-2020-GAJ/MLV, y;

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el art. 194º de la Constitución Política y sus modificatorias en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 39° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; de este modo el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;

Que, mediante la Ordenanza 341/MLV se aprobó los Beneficios Tributarios; fijando incentivos para el pago total o parcial del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2020; asimismo, la tercera disposición complementaria final de la citada Ordenanza faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso;

Que, mediante Informe N° 047-2020-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria hace suyo el Informe N° 416-2020-SGRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y propone la necesidad de extender la vigencia de los Beneficios Tributarios, el vencimiento del pago total del Impuesto Predial 2020; así como del 1er trimestre y 2do trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios hasta el 31 de julio de 2020 a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos del distrito de La Victoria;

Que, mediante el informe N.º 664 -2020-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la prórroga de la Ordenanza N° 341/MLV hasta el 31 de julio de 2020, de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, debiendo emitirse el Decreto de Alcaldía correspondiente; informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante proveído;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de julio de 2020 el Beneficio Tributario por Pago Total o Parcial del Impuesto Predial Ejercicio 2020 establecido en la Ordenanza N° 341/MLV.

Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 31 de julio de 2020 el pago total del Impuesto Predial 2020, así como el vencimiento del 1er trimestre y 2do trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2020.

Artículo Tercero.- Precisar que los convenios de fraccionamientos cuyos vencimientos de las cuotas se encuentran dentro de los meses de marzo, abril y mayo no generan intereses moratorios, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 044-2020-PCM.

Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas pertinentes de la corporación municipal a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la presente norma.

Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal web de la entidad www.munilavictoria.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER

Alcalde

1868973-1