Oficializan Acuerdo N° 080-2020-CDAH mediante el cual se aprobó el documento técnico normativo “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 000087-2020-SINEACE/CDAH-P

San Isidro, 11 de mayo de 2020

VISTOS:

El Memorando Nº 001233-2019-SINEACE/P-ST-OPP, de la Oficina de Planificación y Presupuesto y los Informes Nº 000218-2019-SINEACE/P-ST-OAJ y Nº 000223-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Sineace, emitidos a través del Sistema de Gestión Documental; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, referente a tipificación y sanciones, prescribe que el Reglamento de la citada Ley establecerá el régimen de infracciones y sanciones aplicables a las entidades especializadas y a las instituciones evaluadas que incurran en infracción, las mismas que deberán sujetarse a las normas sustantivas y procesales que, respecto de la potestad sancionadora, contiene la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444;

Que, del citado dispositivo legal, se establece que el Sineace cuenta con potestad sancionadora; asimismo, conforme se aprecia del Reglamento de la Ley del Sineace, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, a través de los capítulos II y III del Título III, se regularon, respectivamente, las infracciones y sanciones a las entidades evaluadoras con fines de acreditación y entidades certificadoras y las infracciones y sanciones a las instituciones educativas y personas evaluadas;

Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, declara en reorganización al Sineace habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, el Consejo Directivo Ad Hoc con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad sistema hasta la aprobación de su reorganización;

Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 038-2019-SINEACE/CDAH-P, de 28 de marzo 2019 se oficializó el Acuerdo Nº 021-2019-CDAH de sesión ordinaria de 27 de marzo 2019, mediante el cual el Consejo Directivo aprobó la actualización del documento “Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Ente Rector del Sineace”, en cuyo artículo 13 se precisa que la Secretaría Técnica tiene a su cargo, entre otras unidades funcionales, a la unidad instructora de procedimientos sancionadores;

Asimismo, el segundo párrafo del artículo 8 de la precitada Norma, indica que es función del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace ser el órgano sancionador del procedimiento administrativo sancionador, observándose que el Sineace cuenta con una unidad instructora y sancionadora, quienes se encargan de dirigir el proceso administrativo sancionador;

Que, de otro lado, la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley del Sineace, dispuso que el procedimiento debería sujetarse a las normas sustantivas y procesales que, respecto de la potestad sancionadora, contiene la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Nº 0095-2019-SINEACE/CDAH, del 31 de julio 2019, se aprobó la Directiva Nº 003-2019-SINEACE/P “Directiva que regula la formulación y aprobación de Directivas en el Sineace”, cuyos numerales 5.1.4 y 5.1.6, precisan, respectivamente que, para la aprobación de una Directiva, es necesario que medie tanto la opinión favorable de la Oficina de Planificación y Presupuesto, sustentado en el Informe de la Unidad de Modernización, como la de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto, mediante Memorando Nº 001233-2019-SINEACE/P-ST-OPP, con base en el Informe Nº 0000069-2019-SINEACE/P-ST-OPP, de la Unidad de Modernización, brinda opinión favorable del proyecto de “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”;

Que, mediante los Informes Nº 000218-2019-SINEACE/P-ST-OAJ y Nº 000223-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica manifiesta que si bien existe una exigencia normativa de carácter general que regula los aspectos procedimentales, sobre la base de los principios de legalidad, debido procedimiento, razonabilidad, celeridad, predictibilidad o de confianza legítima, ejercicio legítimo del poder y de eficiencia contenidos en el Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; resulta coherente establecer un procedimiento administrativo sancionador especial que garantice al administrado las reglas procesales en caso se active la potestad sancionadora del Sineace, recomendando así la aprobación del mismo;

Que, es función del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión para ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del Sineace y los procesos en desarrollo, tal y como indica el literal a) del artículo 7 Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº 218-2015-MINEDU, de 8 de abril 2015 y la Resolución Ministerial Nº 269-2015-MINEDU, de 14 de mayo 2015;

Que, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc en ejercicio de sus facultades, en sesión de fecha 22 de abril, continuada el 29 de abril 2020, arribaron al Acuerdo Nº 080-2020-CDAH, mediante el cual se aprueba el documento técnico normativo denominado: “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”;

Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Oficina de Planificación y Presupuesto y, Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1. - Oficializar el Acuerdo Nº 080-2020-CDAH, de la sesión de fecha 22 de abril, continuada el 29 de abril 2020, mediante el cual el Consejo Directivo aprobó el documento técnico normativo denominado: “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente resolución y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y la “Directiva que regula el procedimiento administrativo sancionador derivado de infracciones cometidas por entidades evaluadoras con fines de acreditación, entidades certificadoras, instituciones educativas y personas evaluadas para certificación”, en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial el Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA

Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc

Sineace

1868525-1