Suspenden el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del distrito de Pueblo Libre para el año Fiscal 2021

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 011-2020-MPL

Pueblo Libre, 1 de junio de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE;

VISTO; el Memorando Nº 183-2020-MPL-GM de fecha 01 de junio del 2020 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 357-MPL, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre, estableciéndose que anualmente la programación del respectivo Proceso de Presupuesto Participativo se desarrollará según la Convocatoria y Cronograma que mediante Decreto de Alcaldía efectuará el Alcalde.

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 02-2020-MPL, publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de febrero de 2020, se dispuso (i) convocar a los vecinos para dar inicio al proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2021, (ii) designar al Equipo Técnico Municipal responsable; y, (iii) aprobar el cronograma general de las acciones del citado proceso;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, disponiéndose en su artículo 2, numeral 2.3, que los Gobiernos Regionales y Locales adoptan las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvan al cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder Ejecutivo;

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 057-2020, se ha dispuesto la suspensión del proceso de presupuesto participativo, disponiendo que durante el año fiscal 2020 se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fin de contribuir a las medidas de aislamiento social en el marco de la emergencia sanitaria nacional, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o, en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en las cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo;

Que mediante Informe Nº 047-2020-MPL-GPP de fecha 28 de mayo de 2020, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto considera necesario suspender el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Distrito de Pueblo Libre, del cual sólo se ha cumplido con la primera actividad hasta que se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional, a fin de cumplir con las medidas de aislamiento social en el marco de la referida emergencia sanitaria nacional, y además porque aún se viene gestionando y trabajando en la implementación de mecanismos de tecnologías virtuales.

Estando a las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 y al artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- SUSPÉNDASE el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del distrito de Pueblo Libre para el año Fiscal 2021, convocado mediante Decreto de Alcaldía Nº 02-2020-MPL; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto.

Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA, Gerencia de Cultura, Turismo y Educación y a la Subgerencia de Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto.

Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto, a la Secretaria General su publicación en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional: www.muniplibre.gob.pe, respectivamente.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Stephen Yuri Haas Del Carpio

Alcalde

1867470-2