Aprueban la reformulación del Plan de Trabajo del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” - Año 2020

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000154-2020-CE-PJ

Lima, 23 de mayo del 2020

VISTO:

El Oficio N° 000044-2020-CR-PPRFAMILIA-PJ cursado por la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno, remitiendo propuesta de reformulación del Plan de Trabajo del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, para el año 2020.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 062-2020-CE-PJ, de fecha 5 de febrero de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan de Trabajo del Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” - Año 2020, en el cual se establecieron las actividades a desarrollarse en las Cortes Superiores de Justicia1 pertenecientes al ámbito de acción del PpR Familia para el presente año; así como la implementación de medidas de mejora en los despachos judiciales y el fortalecimiento de competencias de los operadores y de los equipos multidisciplinarios.

Segundo. Que, sin embargo, frente a la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del COVID-19 en el Perú, y las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo y este Poder del Estado, la señora Consejera Mercedes Pareja Centeno hace de conocimiento que el Programa Presupuestal N° 0067 ha evaluado e identificado las actividades contenidas en el Plan de Trabajo que se verán afectadas significativamente debido a la emergencia nacional, advirtiéndose en algunos casos, la imposibilidad de cumplimiento de todas las actividades programadas.

En ese contexto, el Programa Presupuestal N° 0067 ha procedido a reformular el Plan de Trabajo aprobado para el presente año 2020, a fin de contar con un documento actualizado que se adecue al marco del actual escenario y compromisos del programa hacia el logro de los objetivos y metas propuestas; así como el desarrollo y puesta en funcionamiento de prácticas de prevención y de cuidado frente al COVID-19. Para lo cual se ha considerado actividades que no impliquen el traslado ni viajes al interior ni exterior del país, la concentración masiva de personas durante el estado de emergencia, entre otras propuestas que se encuentran alineadas a las disposiciones establecidas por el Poder Ejecutivo y este órgano del Estado.

El referido documento concibe las nuevas propuestas de trabajo y la programación de las principales actividades reformuladas por el Equipo Técnico de Trabajo del Programa Presupuestal 0067; además de acciones estratégicas que coadyuvarán a la mejora de la celeridad en los procesos judiciales de familia.

Tercero. Que, el artículo 82° inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que, siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del plan de trabajo presentado.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 590-2020 de la trigésima sesión de fecha 14 de mayo de 2020, realizada en forma virtual, con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la reformulación del Plan de Trabajo del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” - Año 2020, con cargo al mismo presupuesto asignado; que como anexo forma parte integrante de la presente decisión.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de trabajo.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1867236-1