Suspenden aplicación del D.A. N° 003-2020-ALC/MSI, que aprobó cronograma de actividades del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2021

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 008-2020-ALC/MSI

San Isidro, 27 de mayo del 2020

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

VISTOS:

El Informe Vía Remota N° 052-2020-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Vía Remota Nº 015-2020-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y el Memorándum Vía Remota N° 021-2020-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias;

Que, por Ordenanza Nº 496-MSI se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Isidro, cuyos artículos 10° y 11° señalan que mediante Decreto de Alcaldía se establecerá anualmente el monto máximo de la asignación presupuestaria que será destinada al Presupuesto Participativo, y el cronograma de ejecución de las actividades de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo, así como su Primera Disposición Complementaria, faculta al Alcalde, mediante decreto de alcaldía, a establecer las normas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de dicha norma;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2020-ALC/MSI del 13 de febrero de 2020, publicado el 16 de febrero de 2020, se aprobó el Cronograma de Actividades del proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2021 en el distrito de San Isidro, que iniciaba el 01 de marzo y culminaba el 20 de mayo de 2020, y se estableció como asignación presupuestaria destinada a proyectos de inversión pública del proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2021, el monto de S/ 12 509 967.35 (Doce millones quinientos nueve mil novecientos sesenta y siete y 35/100 Soles);

Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó el brote de Coronavirus (COVID-19) como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea, siendo el Perú uno de los países afectados;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, disponiéndose en su artículo 2°, numeral 2.3, que los Gobiernos Regionales y Locales adoptan las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvan al cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder Ejecutivo;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado el 15 de marzo de 2020, precisado o modificado por los Decretos Supremos N°s. 045, 046, 051, 053, 057, 058, 061, 063, 064, 068, 072 y 083-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional a partir del 16 de abril de 2020 y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Estado de Emergencia Nacional que fue prorrogado sucesivamente con los Decretos Supremos N°s. 051, 064, 075 y 083-2020-PCM, este último publicado el 10 de mayo de 2020, que dispuso la ampliación del plazo del Estado de Emergencia del 11 hasta el 24 de mayo de 2020;

Que, por su parte, el artículo 2° de la Resolución Directoral Nº 015-2020-EF/50.01, publicada el 10 de mayo de 2020, modificó, entre otros, el Anexo Nº 1-A/GL - Cuadro de Plazos de Hitos para la Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales, de la Directiva Nº 001-2020-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 009-2020-EF/50.01, señalando que las entidades de los Gobiernos Locales concluyen el registro de los proyectos en el Aplicativo Informático del Presupuesto Participativo, así como la información de los resultados del proceso del Presupuesto Participativo hasta el veintidós (22) de mayo de 2020;

Que, a su vez, el artículo 4° del Decreto de Urgencia Nº 057-2020, publicado el 19 de mayo de 2020, estableció la suspensión del proceso de presupuesto participativo, disponiendo que durante el año fiscal 2020 se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fin de contribuir a las medidas de aislamiento social en el marco de la emergencia sanitaria nacional, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en las cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo;

Que, por último, mediante el artículo 2° del Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM, publicado el 23 de mayo de 2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional a partir del 25 de mayo hasta el 30 de junio de 2020, y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;

Que, en este contexto, de acuerdo con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, con los informes del visto, propone la suspensión, mediante Decreto de Alcaldía, del proceso de Presupuesto Participativo 2021, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 057-2020, teniendo en cuenta que al momento de declararse el estado de emergencia por efecto del coronavirus (COVID-19), la Municipalidad de San Isidro se encontraba en la Fase 1 de Preparación del proceso de Presupuesto Participativo 2021 y que la entidad actualmente no tiene implementados mecanismos de tecnologías digitales para la participación de la población, que contemple las funcionalidades relacionadas al proceso de Presupuesto Participativo iniciado, según lo informado por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, mediante el documento del visto;

Que por tales consideraciones, estando a las graves circunstancias de carácter extraordinario que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, es conforme con la normativa vigente de la materia, disponer la suspensión, durante el año fiscal 2020, de la aplicación del Decreto de Alcaldía Nº 003-2020-ALC/MSI que aprobó el Cronograma de Actividades del proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2021 en el distrito de San Isidro y estableció la asignación presupuestaria destinada a proyectos de inversión pública del proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2021;

Que, estando a la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con los informes del visto, y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Vía Remota N° 034-2020-0400-GAJ/MSI; y,

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza N° 496-MSI;

DECRETA:

Artículo Primero.- SUSPENDER, durante el año fiscal 2020, la aplicación del Decreto de Alcaldía Nº 003-2020-ALC/MSI del 13 de febrero de 2020, que aprobó el cronograma de actividades del proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2021 en el distrito de San Isidro y estableció la asignación presupuestaria destinada a proyectos de inversión pública del proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2021; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto de Urgencia Nº 057-2020.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto sea publicado en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

AUGUSTO CÁCERES VIÑAS

Alcalde

1866922-2