Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al año 2021
Resolución del Consejo Directivo
Nº 00005-2020-OEFA/CD
Lima, 13 de marzo de2020
VISTOS:
El Memorando N° 00062-2020-OEFA/DPEF, elaborado por la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; la Dirección de Evaluación Ambiental; la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios; la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos; y, la Coordinación de Oficinas Desconcentradas, el Informe Nº 00039-2020-OEFA/OPP, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00081-2020-OEFA/OAJ, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental;
Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental –a cargo de las diversas entidades del Estado– se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;
Que, el Numeral 8.1 del Artículo 8° de la Ley del SINEFA, determina que el Consejo Directivo del OEFA, tiene entre sus principales funciones aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA;
Que, conforme al Numeral 6.1 del Artículo 6° del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, los PLANEFA son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental (en adelante, EFA) programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; debiendo ser elaborados, aprobados y reportados en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;
Que, el Artículo 5° de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD (en adelante, los Lineamientos), dispone que el PLANEFA debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto; y, que las actividades planificadas en el PLANEFA deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional (en adelante, POI) durante el año anterior a su ejecución, a fin de asegurar el financiamiento de las acciones y metas programadas;
Que, de conformidad con el Artículo 8° de los Lineamientos, el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, como máximo, hasta el día quince (15) del mes de marzo del año anterior a su ejecución, y que en caso se modifique el POI de la EFA, se podrá modificar el PLANEFA en correspondencia;
Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; la Dirección de Evaluación Ambiental; la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios; la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos; y la Coordinación de Oficinas Desconcentradas, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, han formulado sus respectivos planes de intervención para el ejercicio 2021, los cuales han sido priorizados y programados en el proyecto del PLANEFA correspondiente al año 2021;
Que, mediante Acuerdo N° 005-2020, adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 008-2020 del 12 de marzo de 2020, el Consejo Directivo del OEFA acordó por unanimidad aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA correspondiente al año 2021; siendo necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución del Consejo Directivo; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;
Contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; de la Dirección de Evaluación Ambiental; de la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas; de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios; de la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos; de la Coordinación de Oficinas Desconcentradas; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental–SINEFA; el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM; los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD; y, los Literales e) y n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA correspondiente al año 2021, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión.
Artículo 3°.- Disponer la publicación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental–PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA correspondiente al año 2021, aprobado en el Artículo 1° de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA (www.oefa.gob.pe), con excepción de la programación de las acciones de fiscalización, a fin de asegurar su efectividad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ
Presidenta del Consejo Directivo
1866598-1