Conforman Comisión encargada de implementar la integración del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades-CDC, en el Instituto Nacional de Salud-INS

resolución ministerial

n° 296-2020-MINSA

Lima, 18 de mayo de 2020

VISTO, el expediente N° 20-039608-002 que contiene el Oficio N° 683-2020-JEF-OPE/INS que adjunta la Resolución Jefatural N° 114-2020-J-OPE/INS del Instituto Nacional de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID19, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad en legislar, entre otras, en materia de salud, en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario;

Que, en el numeral 1) del artículo 2 de la citada Ley se faculta al Poder Ejecutivo para legislar en materia de salud, con el objetivo de dictar medidas que permitan la adecuada y plena prestación de los servicios de prevención y atención de salud para las personas contagiadas y con riesgo de contagio por COVID-19;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1504, se dicta medidas que fortalecen al Instituto Nacional de Salud y la rectoría del Ministerio de Salud para la prevención y control de las enfermedades, a fin de mejorar la salud pública, promover el bienestar de la población y contribuir con el desarrollo sostenible del país;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del precitado Decreto Legislativo, aprueba la integración del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) en el Instituto Nacional de Salud (INS) para optimizar la vigilancia epidemiológica y laboratorial e inteligencia sanitaria, ante la ocurrencia y propagación de las enfermedades, brotes, endemias y pandemias, que representan grave riesgo para la salud pública del país;

Que, asimismo, la referida Disposición Complementaria Final establece que, en el plazo máximo de quine (15) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1504, se constituya la Comisión encargada de implementar la integración del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), en el Instituto Nacional de Salud (INS), la misma que estará integrada por un (1) representante del Ministerio de Salud, quien ejerce la Presidencia, un (1) representante del CDC y un (1) representante del INS;

Que, a través del documento del visto el Instituto Nacional de Salud-INS, ha designado a su representante ante la referida Comisión;

Que, resulta necesario conformar la Comisión encargada de implementar la integración del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades-CDC, en el Instituto Nacional de Salud-INS;

Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las comisiones sectoriales, son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden;

Que, asimismo, el numeral 21.1 del artículo 21 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, establece que las comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros;

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y sus modificatorias; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias; y, el Decreto Legislativo N° 1504, que fortalecen al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conformar la Comisión encargada de implementar la integración del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades-CDC, en el Instituto Nacional de Salud-INS para optimizar la vigilancia epidemiológica y laboratorial e inteligencia sanitaria, con el propósito de fortalecer la prevención y el control, ante la ocurrencia y propagación de las enfermedades, brotes, endemias y pandemias, que representan grave riesgo para la salud pública del país.

Artículo 2.- La Comisión a la que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, está conformada por:

- El/la Viceministro(a) de Salud Pública del Ministerio de Salud, quien la preside.

- El/la Director(a) General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades-CDC.

- El/la Director(a) General de la Oficina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud-INS.

El ejercicio del cargo de los integrantes de la Comisión es Ad Honorem.

Las conclusiones y acuerdos de la Comisión son recogidos en actas.

Artículo 3.- La Comisión de Transferencia se instala dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- La Comisión es responsable de la ejecución de las acciones destinadas para la transferencia del acervo documentario, bienes muebles e inmuebles, pasivos, obligaciones, convenios, contratos, recursos y personal vinculados con el CDC al INS; y de programar, implementar y dar seguimiento de su cumplimiento.

Artículo 5.- El proceso de implementación a cargo de la Comisión culmina en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles contabilizados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1504. Al término del plazo de implementación remiten un informe de cierre detallado de las acciones desarrolladas al Despacho Ministerial del Ministerio de Salud.

Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA

Ministro de Salud

1866486-1