Aprueban la Guía N° 001-2020-MIDIS “Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria - PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 087-2020-MIDIS

Lima, 16 de mayo de 2020

VISTOS:

El Memorando N° 131-2020-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 26-2020-MIDIS/VMPS/DGDAPS, emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Memorando N° 305-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 133-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 26-2020-MIDIS/VMPS/DGDAPS/DPSC, emitido por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; y, el Informe N° 031-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que dicho Ministerio es el organismo rector de las políticas de desarrollo e inclusión social a nivel intergubernamental, dentro del marco del proceso de descentralización y en el ámbito del desarrollo social, superación de la pobreza, promoción de la inclusión y equidad social, así como de protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 006-2016-MIDIS, Decreto Supremo que establece funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y las organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria – PCA, señala que el Programa de Complementación Alimentaria – PCA otorga un apoyo alimentario a sus usuarios a través de los centros de atención agrupados en un conjunto de modalidades;

Que, de acuerdo con el numeral 3.2 del artículo 3 y el literal a) del artículo 6 del citado Decreto Supremo N° 006-2016-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene como función, entre otras, establecer, mediante resolución ministerial, los lineamientos de gestión y medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Programa de Complementación Alimentaria – PCA; asimismo, en el literal b) del acotado artículo 6 se indica que es función, entre otras, de dicho Ministerio el formular políticas, normas generales y normas técnicas de alcance nacional para los procesos de ejecución, supervisión, seguimiento, monitoreo y evaluación del Programa de Complementación Alimentaria – PCA;

Que, conforme al artículo 12 del Reglamento de las Modalidades de Atención del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2016-MIDIS, los Comedores, entre otras, son una modalidad del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, los cuales son Organizaciones Sociales de Base conformadas por personas, que tienen como actividad principal la preparación de alimentos y el apoyo social, pudiendo ser Comedor Popular, Comedor Clubes de Madres, Comedor Parroquial y otros afines;

Que, el artículo 44 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS, establece que la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, es el órgano de línea responsable de diseñar e innovar los nuevos modelos o modalidades de atención de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias, siendo responsable de articular las prestaciones sociales y de supervisar el efectivo cumplimiento de las políticas y normativa general por parte de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias en línea con la Política Sectorial y Políticas nacionales promovidas por el Estado en materia de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, el literal a) del artículo 45 de la acotada Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones señala que es función de la referida Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, entre otras, el proponer y aprobar la implementación, estandarización y sincronización de las prestaciones y programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuando corresponda;

Que, a su vez, el literal a) artículo 97 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobada por Resolución Ministerial N° 046-2020-MIDIS, establece que es función, entre otras, de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, el formular y proponer normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias;

Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, las cuales incluyen la suspensión de todas las actividades en el sector público y privado que no estén exceptuadas específicamente en la citada norma; el cual ha sido precisado o modificado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM, N° 072-2020-PCM y N° 083-2020-PCM, y prorrogado mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y N° 083-2020-PCM, hasta el 24 de mayo de 2020;

Que, en tal contexto, y en el marco de sus funciones previstas en la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias, mediante el Informe N° 26-2020-MIDIS/VMPS/DGDAPS/DPSC, se sustenta la Guía denominada “Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria – PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)”, a fin de garantizar una adecuada gestión de los Comedores del Programa de Complementación Alimentaria–PCA, durante y después de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el COVID -19; identificando la importancia de la operatividad de los mismos y reconociendo a las representantes de los Comedores como aliadas estratégicas del Estado para la comunidad en el acceso a alimentación a bajo costo; habiendo sido elaborada la referida propuesta de documento normativo con la asistencia técnica del Programa Mundial de Alimentos – PMA;

Que, la Guía denominada “Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria – PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)”, propuesta por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales y de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de acuerdo con lo señalado en el Memorando N° 131-2020-MIDIS/VMPS e Informe Nº 26-2020-MIDIS/VMPS/DGDAPS, respectivamente; asimismo, cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria – DIGESA del Ministerio de Salud, según lo indicado en el Oficio N° 134-2020/DG/DIGESA, así como de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Modernización, conforme a lo indicado en el Memorando N° 305-2020-MIDIS/SG/OGPPM e Informe N° 031-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, respectivamente;

Que, por lo expuesto, a fin de dar continuidad al funcionamiento de los Comedores del Programa de Complementación Alimentaria – PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el COVID-19, resulta necesario aprobar la Guía denominada “Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria – PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)”, la cual ha sido elaborada en base al análisis del contexto de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, la realidad y características en la que funcionan los Comedores a nivel nacional, respetando las principales medidas adoptadas por las entidades competentes del Estado Peruano en materia de salud e inocuidad alimentaria, con el fin de salvaguardar la seguridad sanitaria de los miembros de los Comedores, sus familias, usuarios y comunidad en general, contribuyendo así al acceso a la alimentación de la población vulnerable y a la prevención de la propagación del COVID–19;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, las Secciones Primera y Segunda de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadas por Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS y Resolución Ministerial N° 046-2020-MIDIS, respectivamente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Guía N° 001-2020-MIDIS “Lineamientos de Gestión para el Almacenamiento y Atención de Comedores del Programa de Complementación Alimentaria – PCA durante y después de la Emergencia Sanitaria para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19)”, cuyo texto, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales la elaboración de los lineamientos que corresponda para el manejo de residuos que ocasione la actividad de los Comedores del Programa de Complementación Alimentaria–PCA, con la participación y conformidad del Ministerio del Ambiente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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