Aprueban la propuesta denominada “Proyecto de Elevación Digital de Procesos no-EJE a la Corte Suprema de Justicia de la República”

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000135-2020-CE-PJ

Lima, 7 de mayo del 2020

VISTAS:

Las propuestas presentadas por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, que facilitará el trabajo en el área jurisdiccional en el Poder Judicial, entre ellas la denominada “Proyecto Elevación Digital de Procesos no-Eje a la Corte Suprema de Justicia de la República”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableció que corresponde al Poder Judicial y a los organismos constitucionales autónomos disponer la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas Nros. 115, 117 y 118-2020-CE-PJ y 061-2020-P-CE-PJ dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos hasta el 10 de mayo de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051, 064 y 075-2020-PCM; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Asimismo, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia a nivel nacional.

Tercero. Que, el señor Consejero Héctor Enrique Lama More presenta seis propuestas con la finalidad de facilitar el trabajo en el área jurisdiccional, las cuales tienen como objetivo brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces y trabajadores jurisdiccionales y facilitar información al público sobre procesos judiciales. Estas propuestas tienen informe de factibilidad por parte de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial.

Cuarto. Que una de las propuestas es la denominada “Proyecto Elevación Digital de Procesos no-Eje a la Corte Suprema de Justicia de la República”.

Este proyecto consta del desarrollo de un conector para que desde el Sistema Integrado Judicial-SIJ de las Cortes Superiores de Justicia, el expediente pueda ser remitido al SIJ Supremo, evitando la digitalización en este último organismo.

Actualmente, en los procesos Expediente Judicial Electrónico-EJE los expedientes se elevan electrónicamente a la Corte Suprema de Justicia de la República por parte de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Norte, Cajamarca, Ventanilla y Tacna, las cuales cuentan con esta funcionalidad; y en la Corte Superior de Justicia de Lima desde hace dos años se han realizado elevaciones al Supremo Tribunal en la especialidad laboral, civil (materia comercial) y Constitucional y Social (materia contencioso-administrativo, tributario y de mercado).

Las adecuaciones que se están planificando tienen como alcance incrementar esta funcionalidad para que los expedientes físicos puedan ser remitidos virtualmente desde todas las Cortes Superiores de Justicia a la Mesa de Partes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República. Esta implementación consiste en modificar el SIJ de Provincias, SIJ Lima y SIJ Supremo, de tal forma que los expedientes se remitan a través de medios electrónicos.

Se debe desarrollar un procedimiento que soporte esta funcionabilidad para la Mesa de Partes de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Quinto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 543-2020 de la vigésima sexta sesión de fecha 27 de abril de 2020, realizada en forma virtual, con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la propuesta denominada “Proyecto de Elevación Digital de Procesos no-EJE a la Corte Suprema de Justicia de la República”, cuyo contenido se expone en la parte considerativa de esta resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial y la Gerencia de Informática de la Gerencia General de este Poder del Estado, presten apoyo a las Cortes Superiores de Justicia de la Republica; y desarrollen su labor teniendo en cuenta lo expuesto en los fundamentos de la presente resolución.

Artículo Tercero. Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1866238-6