Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 391/2020-MDCH, que otorga beneficios a vecinos solidarios que cumplan con el pago total de los tributos municipales 2020

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2020-MDCH

Chorrillos, 28 de abril de 2020

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

VISTOS:

El Proveído Nº 711/2020-GM-MDCH, de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 222-2020-GAJ-MDCH de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 0120/2020-GAT-MDCH e Informe Nº 0773/2020-SR-GAT-MDCH de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y Subgerencia de Rentas, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, mediante la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de abril de 2020, se estableció otorgar beneficios especiales a los vecinos solidarios que cumplan con el pago total de sus tributos municipales periodo 2020, a fin de motivar al pago de sus deudas como un incentivo único y exclusivo.

Que de la misma normativa en la tercera disposición complementaria, se dispuso la facultad al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento;

Que, mediante el Informe Nº 0773/2020-SR-GAT-MDCH e Informe Nº 0120/2020-GAT-MDCH, de fecha 27 de abril de 2020, la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Tributaria respectivamente remiten a la Gerencia Municipal propuesta de prórroga de fecha de pago de la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH hasta el 30 de mayo de 2020, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario oficial “El Peruano”;

Que, mediante el Informe Nº 222-2020-GAJ-MDCH de fecha 27 de abril de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH;

Que, estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica;

DECRETA:

Artículo 1.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 391-2020/MDCH que aprueba “Ordenanza que otorga beneficios especiales a los vecinos solidarios que cumplan con el pago total de sus tributos municipales periodo 2020” hasta el 30 de mayo de 2020.

Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia.

Artículo 3.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la Página Web Institucional.

Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO

Alcalde

1865895-1