Modifican la fecha de entrada en vigencia de nuevos órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales de Lima Norte y Lima Este

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000125-2020-CE-PJ

Lima, 24 de abril del 2020

VISTO:

El Informe N° 017-2020-GA-UETI-CPP/PJ, remitido por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableció que corresponde al Poder Judicial y a los organismos constitucionales autónomos disponer la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios, a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas Nros. 115, 117 y 118-2020-CE-PJ dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos hasta el 26 de abril de 2020, en concordancia con los Decretos Supremos Nros. 044, 051 y 064-2020-PCM; por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Asimismo, estableció medidas para el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia a nivel nacional.

Tercero.  Que, en ese contexto, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 017-2020-GA-UETI-CPP-PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la referida Unidad; que contiene propuesta para diferir por noventa días calendario la fecha de implementación del segundo y tercer tramo del Código Procesal Penal en los Distrito Judiciales de Lima Este y Lima Norte, respectivamente.

Cuarto. Que la situación de emergencia sanitaria presentada y las medidas de suspensión de labores en el Poder Judicial, afectan el cumplimiento de los plazos de las actividades previstas para el proceso de implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Lima Este y Lima Norte, segundo y tercer tramo respectivamente.

Quinto. Que, en tal sentido, la implementación del Código Procesal Penal aprobado por Resolución Administrativa N° 041-2020-CE-PJ para el caso de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, tercer tramo, a partir del 4 de mayo de 2020; y mediante Resolución Administrativa N° 040-2020-CE-PJ para la Corte Superior de Justicia de Lima Este, segundo tramo, a partir del 1 de junio de 2020, no se cumpliría de manera satisfactoria, corriendo el riesgo que se implemente con serias falencias en cuanto a recursos humanos, adquisición y contratación de servicios y adquisición de bienes, necesarios para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales creados.

Sexto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 525-2020 de la vigésimo quinta sesión de fecha 21 de abril de 2020, realizada en forma virtual, con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 041-2020-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que dispone la fecha de entrada en vigencia de los nuevos órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Norte - tercer tramo; cuyo texto será el siguiente:

“Disponer que los órganos jurisdiccionales creados en mérito del proceso de implementación de la norma procesal penal, entrarán en vigencia a partir del 3 de agosto de 2020”.

Artículo Segundo.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Administrativa 040-2020-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que dispone la fecha de entrada en vigencia de los nuevos órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Este - segundo tramo; cuyo texto será el siguiente:

“Disponer que los órganos jurisdiccionales creados en mérito del proceso de implementación de la norma procesal penal, entrarán en vigencia a partir del 1 de setiembre de 2020”.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Público, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1865887-5