Otorgan autorización por tiempo indefinido a favor de CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Puruchuco”, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima

Resolución Ministerial

Nº 113-2020-MINEM/DM

Lima, 16 de abril de 2020

VISTOS: El Expediente Nº 33390819 sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Puruchuco”, presentada por CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. y los Informes Nº 103-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 0183-2020-MINEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y por la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con registro Nº 3005838 de fecha 20 de diciembre de 2019, CALIDDA ENERGÍA S.A.C. (en adelante, la Peticionaria) solicita el otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto denominado “Central Térmica a Gas Natural”, con una potencia instalada de 4 MW, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente;

Que, en atención del Oficio Nº 007-2020-MINEM/DGE notificado a la Peticionaria el 06 de enero de 2020, se remite a la Dirección General de Electricidad documentación complementaria a la solicitud descrita en el considerando anterior, a través de la cual la Peticionaria precisa que la denominación del proyecto es ”Central Térmica Puruchuco”;

Que, el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece que “Las autorizaciones que cumplan los requisitos serán otorgadas mediante Resolución Ministerial del sector por un plazo indefinido, dentro de los treinta (30) días hábiles de presentada la solicitud (…)”;

Que, conforme al Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad ha verificado que la Peticionaria cumple con los requisitos establecidos en el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomiendan otorgar la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Puruchuco”;

Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefinido a favor de CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Puruchuco” con una potencia instalada de 4 MW, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima.

Artículo 2º.- Disponer que CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. construya las obras descritas en su solicitud, según el Calendario de Ejecución de Obras remitido por dicha empresa.

Artículo 3º.- Disponer que CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. opere la “Central Térmica Puruchuco”, cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como cumpliendo las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA VILCA ACHATA

Ministra de Energía y Minas

1865680-1