Declaran en emergencia ambiental el área geográfica que comprende la localidad de Villa Trompeteros - Nueva Libertad, ubicada en el distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 126-2019-MINAM

Lima, 6 de mayo de 2019

Vistos, el Informe N° 00113-2019-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia; el Memorando N° 00452-2019-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando N° 00384-2019-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00193-2019-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, el artículo 28 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, dispone que en caso de ocurrencia de algún daño ambiental súbito y significativo ocasionado por causas naturales o tecnológicas, el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Salud u otras entidades con competencia ambiental, debe declarar la emergencia ambiental y establecer planes especiales en el marco de esta declaratoria;

Que, el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, modificado por la Ley N° 29243, señala que también se considera emergencia ambiental la situación en la cual, no siendo el hecho desencadenante inesperado, la gravedad de sus efectos o impactos en la salud y la vida de las personas o en su entorno ambiental requiera la acción inmediata sectorial a nivel local, regional o nacional;

Que, asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 28804, establece que el CONAM, de oficio o a pedido de parte, es la autoridad competente que declara la emergencia ambiental, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional que corresponda u otras entidades que tienen competencia ambiental;

Que, de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, toda referencia hecha al CONAM o a las competencias, funciones y atribuciones que este venía ejerciendo se entiende como efectuada al Ministerio del Ambiente;

Que, el Reglamento de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008-PCM, regula el procedimiento para la declaratoria de emergencia ambiental y su implementación;

Que, el objetivo de la Declaratoria de Emergencia Ambiental es garantizar el manejo sostenible de la zona afectada, realizando los correspondientes trabajos de recuperación y remediación para mitigar la contaminación ambiental, a fin de proteger la salud de la población;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 124-2019-PCM, se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto”, de naturaleza temporal, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en mérito de la participación de los representantes del Ministerio del Ambiente en la reunión de la “Mesa de Diálogo para el distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto”, llevada a cabo el 24 de abril de 2019, en el distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto, se tomó conocimiento de la ocurrencia de un riesgo ambiental en el área que comprende la localidad de Villa Trompeteros-Nueva Libertad;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 00113-2019-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, elaborado por la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia de la Dirección General de Calidad Ambiental, el Ministerio del Ambiente convocó a las entidades competentes a una reunión, realizada el 29 de abril de 2019, para efectuar las respectivas coordinaciones, a fin de evaluar la procedencia de la Declaratoria de Emergencia Ambiental, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; contando con la participación de los representantes del Instituto Nacional de Defensa Civil, el Ministerio de Salud, la Presidencia del Consejo de Ministros, la Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Energía y Minas, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Gobierno Regional de Loreto, la Municipalidad Distrital de Trompeteros, entre otros;

Que, asimismo, a través del Informe N° 00113- 2019-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, que se sustenta en la información remitida por las entidades competentes, la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente determina que, para los componentes ambientales de agua superficial y suelo, en el área que comprende la localidad Villa Trompeteros-Nueva Libertad, distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto, se superaron los Estándares de Calidad Ambiental para los parámetros plomo e hidrocarburos durante los años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018; precisándose que existe evidencia de afectación a la salud de la población;

Que, en este contexto, de conformidad con los documentos de vistos, se configura la exigencia necesaria para la declaratoria de emergencia ambiental en el área mencionada en el considerando precedente, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28804 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008-PCM;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Calidad Ambiental; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 024-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar en emergencia ambiental el área geográfica que comprende la localidad de Villa Trompeteros-Nueva Libertad, ubicada en el distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto, sobre una superficie de dos mil trescientos setenta y siete hectáreas con cinco mil setecientos metros cuadrados (2377.57 ha), por un plazo de noventa (90) días, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

El área geográfica declarada en emergencia ambiental se encuentra detallada en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de la emergencia ambiental en el área geográfica descrita en el artículo precedente, el mismo que como Anexo N° 2 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- La ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, aprobado por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, está a cargo de las entidades públicas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con el Gobierno Regional del Loreto.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Lucía Delfina Ruíz Ostoic

Ministra del Ambiente

Anexo N° 1

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Anexo N° 2

PLAN DE ACCION INMEDIATO Y DE CORTO PLAZO

LUGAR GEOGRAFICO :

Localidad Villa Trompeteros-Nueva Libertad, distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto

PLAN DE ACCION

Objetivo

Meta

Actividades a desarrollar

Indicador

Responsable

(*)

Plazo

EJE AMBIENTAL

Disminuir el Riesgo al ambiente por contaminación de metales pesados y sustancias químicas peligrosas

Propuesta de estudio que establezca las fuentes de la contaminación y vías de exposición

Evaluación Ambiental (suelo) en Trompeteros, locación Corrientes, Lote 8

Informe

OEFA

60 días

Propuesta de informe sobre posibles fuentes de contaminación y riesgos de exposición

Elaboración de informe de consolidación sobre las posibles fuentes de contaminación y riesgos de exposición por sustancias químicas a la población de Villa Trompeteros-Nueva Libertad

Informe

MEM, MINAM, OEFA, ANA, SANIPES, MINSA

Coordinación MINAM

90 días

Objetivo

Meta

Actividades a desarrollar

Indicador

Responsable

(*)

Plazo

Informe de actividades de fiscalización

Resultados del proceso de fiscalización ambiental en el yacimiento Corrientes

Informe

OEFA

45 días

Vigilancia de la calidad ambiental del recurso hídrico y sedimento

Monitoreo participativo de calidad de agua y sedimento de la cuenca del Corrientes (Villa Trompeteros – Nueva Libertad)

Informe técnico

ANA

45 días

Determinar la condición sanitaria de los recursos hidrobiológicos identificados

Estudio de la condición sanitaria en peces de consumo en la zona de intervención

Informe

SANIPES

90 días

Determinar la calidad ambiental del aire

Monitoreo de la calidad de aire en el área de Influencia de la Declaratoria de Emergencia Ambiental de la DEA Trompeteros 

Informe

DIGESA

75 días

Identificación de posibles fuentes

Identificación de zonas de almacenamiento y de disposición final de residuos industriales

Informe

MEM, OEFA, PLUSPETROL,

45 días

Diagnóstico ambiental

Validar los términos de referencia del Estudio Técnico Independiente (ETI) de las actividades del Lote 8 con las organizaciones indígenas de la zona

Informe

MEM

60 días

Supervisión de condiciones técnicas y de seguridad en las instalaciones de Hidrocarburos

Diagnóstico

Resultados del proceso de fiscalización a los ductos de transporte de Hidrocarburos y a la disposición de agua de producción

Informe

OSINERGMIN

60 días

EJE SALUD

Disminuir el Riesgo a la salud por exposición a metales pesados y sustancias químicas peligrosas

Pobladores de Villa Trompeteros-Nueva Libertad cuentan con exámenes clínicos generales

Examen clínico general a través de campañas especializadas a los pobladores de Villa Trompeteros-Nueva Libertad y tratamiento en función a los resultados

Informe

DIRESA, MINSA

60 días

Vigilar la calidad del agua de consumo humano

Monitoreo de Agua de consumo humano en el área de influencia de la DEA

Informe

DIESA-Loreto DIGESA

45 días

EJE DE SANEAMIENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Mejorar el bienestar de la población

Reactivación de Proyecto de inversión

Asistencia técnica a la Municipalidad Distrital de Trompeteros para la reactivación de la ejecución del proyecto “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y saneamiento de la localidad de Villa Trompeteros”.

Informe

MVCS

60 días

Identificación de áreas para piscigranjas

Diagnóstico para la construcción de piscigranjas

Informe

PRODUCE – FONDEPES DIREPRO

90 días

Contar con electrificación para las comunidades de la zona de DEA

Ampliación y Mejoramiento Integral del Sistema Eléctrico Rural Villa Trompeteros, Distrito De Trompeteros - Loreto - Loreto

Informe

Municipalidad Distrital de Trompeteros, MEM

90 días

Mejoramiento de la calidad e infraestructura educativa

Mejoramiento de la calidad e instalaciones de un Colegio. El MINEDU emitirá un informe sobre el plan de asistencia técnica.

Informe

MINEDU, Municipalidad Distrital de Trompeteros, GOREL

45 días

Brindar seguridad alimentaria

Identificación áreas agropecuarias

Identificación de proyectos de recuperación de áreas agropecuarias (flora y fauna doméstica)

Informe

MINAGRI

30 días

Identificación áreas agrícolas

Identificación de las áreas usadas actualmente para cultivos agrícolas para consumo humano

Informe

MINAGRI

60 días

Diagnóstico fitosanitario

Estudio de calidad fitosanitaria en frutos y vegetales de consumo

Informe

INIA

75 días

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