Aprueban la conformación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (CDT-MTC)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
nº 297-2019 MTC/01
Lima, 17 de abril de 2019
VISTOS: Los Informes N°s 0002, 0004 y 0005-2019-MTC/05, de la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, el Informe N° 0047-2019-MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, el Memorándum N° 450-2019-MTC/10.10 de la Oficina General de Administración, el Memorándum N° 975-2019-MTC/04.02 de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el Memorándum N° 717-2019-MTC/23 de la Oficina General de Tecnología de la Información, los Memorándums N°s 702, 752 y 819-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención de la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que, el artículo 5 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece entre las funciones rectoras del Ministerio, la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, la fiscalización y ejecución coactiva en materias de su competencia;
Que, del mismo modo, el artículo 3 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01, establece que entre otras funciones rectoras, el Ministerio formula, planea, dirige, coordina, ejecuta, fiscaliza, supervisa y evalúa la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, de acuerdo al artículo 44 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MTC, establece que la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir la articulación técnica y administrativa del Sector Transportes y Comunicaciones en el ámbito de los gobiernos regionales y locales, así como de monitorear y evaluar el impacto de las políticas nacionales y de las intervenciones que realizan las unidades organizacionales, programas, proyectos especiales del Ministerio y demás entidades que forman parte del sector;
Que, en ese contexto, resulta necesario autorizar la conformación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (CDT - MTC), y establecer los lineamientos para su funcionamiento, a fin que a nivel regional y local, puedan facilitar y promover de manera desconcentrada, la articulación en el territorio de los servicios e intervenciones de las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sus programas, proyectos especiales, organismos públicos y entidades adscritas; bajo un modelo de gestión territorial y una sola identidad sectorial, contribuyendo al cierre de brechas en materia de transportes y comunicaciones;
Con los vistos de la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, de la Oficina General de Tecnología de la Información, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Apruébese la conformación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (CDT-MTC), como la instancia de coordinación y gestión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que a nivel regional y local facilita y promueve de manera desconcentrada, la articulación en el territorio de los servicios e intervenciones de las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sus programas, proyectos especiales, organismos públicos y entidades adscritas; bajo un modelo de gestión territorial y una sola identidad sectorial, contribuyendo al cierre de brechas en materia de transportes y comunicaciones.
Artículo 2.- Dependencia
Los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (CDT-MTC), están a cargo de un Coordinador Territorial, y dependen funcionalmente de la Oficina de Articulación Intergubernamental de la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto, la que es responsable de administrar, conducir y supervisar su gestión y funcionamiento.
Artículo 3.- Aprobación de la Directiva para el funcionamiento del CDT- MTC
Apruébese la Directiva “Lineamientos para el funcionamiento de los Centros Desconcentrados Territoriales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4.- Derogación
Derogar la Resolución Ministerial N° 838-2017 MTC/01, la Resolución Ministerial N° 865-2018 MTC/01, y la Resolución Secretarial N° 023-2018 MTC/04 que aprueba la Directiva N° 002-2018-MTC/04 “Funcionamiento de los Centros de Atención al Ciudadano del Ministerio de Transporte y Comunicación - MTC”.
Artículo 5.- Financiamiento
La implementación de los “Centros Desconcentrados Territoriales” del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (CDT-MTC), se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de las Entidades Adscritas, según corresponda.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Adecuación de los Centros de Atención al Ciudadano a los Centros de Desconcentrados Territoriales
En un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución Ministerial, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental y la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto realizan las acciones pertinentes para la adecuación de los Centros de Atención al Ciudadano a los Centros de Desconcentrados Territoriales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1762534-1