Modifican la R.M. N° 236-2018-TR, que constituyó el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

resolución ministerial

N° 115-2019-tr

Lima, 11 de abril de 2019

VISTOS: La Nota N° 035-2019-MTPE/4/13 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y el Informe N° 857-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, definiéndose que su objetivo, entre otros, es alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, el Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM, Decreto Supremo que crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, se dispone que cada entidad de la Administración Pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, como un mecanismo de gobierno para la dirección, evaluación y supervisión del proceso de transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública;

Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 236-2018-TR, se constituye el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a fin de contar con un mecanismo de gobernanza responsable del Gobierno Digital en el Sector;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, se aprueban disposiciones que, entre otros, modifica la conformación de los miembros del Comité de Gobierno Digital e incorpora funciones vinculadas a la gestión documental, interoperabilidad, gobernanza de datos, identidad digital y seguridad de la información al mismo;

Que, acorde a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto de administración que aprueba la modificación de los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 236-2018-TR que constituye el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Con las visaciones de la Secretaría General, y de las Oficinas Generales de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; y el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 236-2018-TR, quedando redactados de la siguiente manera:

“Articulo 1.-Constituir el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual está conformado por:

- El/la Secretario/a General en representación del Titular de la entidad, quien lo preside;

- El/la Líder de Gobierno Digital;

- El/la Jefe/a de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones;

- El/la Jefe/a de la Oficina General de Recursos Humanos;

- El/la Jefe/a de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria;

- El/la Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

- El/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

- El/la Oficial de Seguridad de la Información.

Articulo 2.- De las funciones del Comité de Gobierno Digital

El Comité de Gobierno Digital tiene las siguientes funciones:

a) Formular el Plan de Gobierno Digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades, objetivos institucionales, entre otros, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con miras a implementar el Gobierno Digital.

d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital, Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros.

e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales, interoperabilidad, seguridad digital, identidad digital y datos en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital, y evalúen el desempeño del Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI).

g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital, interoperabilidad, seguridad de la información y datos abiertos en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

h) Promover el intercambio de datos, información, software público, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades.

i) Gestionar, mantener y documentar el Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

j) Promover la conformación de equipos multidisciplinarios ágiles para la implementación de proyectos e iniciativas de digitalización de manera coordinada con los responsables de órganos y unidades orgánicas en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

k) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO

Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

1760071-2