Aprueban el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Cercado de Lima 2019

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005

Lima, 3 de abril de 2019

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, de acuerdo a los artículos 6, 20, numeral 6 y 42 de esta misma norma, la alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa, con atribución para dictar decretos de alcaldía, a través de los cuales establece normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas;

Que, el numeral 1.2 del artículo 80 de la citada Ley Nº 27972 establece que, las municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, regulan y controlan la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente;

Que, el numeral 115.2 del artículo 115 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que los gobiernos locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA);

Que, el artículo 14 del Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad de Ambiental para Ruido, aprobado por Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, establece que la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales, de acuerdo a sus competencias;

Que, el artículo 13 de la Ordenanza Nº 1965, Ordenanza Metropolitana para la prevención y control de la contaminación sonora, establece que el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias;

Que, mediante Memorando Circular Nº 05-2019-MML/GSCGA, de fecha 16 de enero de 2019, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental remite la propuesta de “Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Cercado de Lima 2019”, la cual cuenta con las apreciaciones de la Subgerencia de Planeamiento Corporativo de la Gerencia de Planificación, la Coordinación de la División de Gestión Ambiental en Transporte de la Gerencia de Transporte Urbano y la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informes Nros. 027-2019-MML-GP-SPC, 005-2019-MML/GTU-SETT-DGAT y 189-2019-MML-GAJ, respectivamente;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con las disposiciones del Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM y

Estando a las facultades, conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- Aprobar el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Cercado de Lima 2019, cuyo texto como anexo adjunto forma parte integrante del presente decreto.

Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y de Transporte Urbano, el cumplimiento de lo establecido en el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el Cercado de Lima 2019, según corresponde a sus competencias.

Artículo Tercero.- Disponer, que la Gerencia de Transporte Urbano reporte, semestralmente, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el resultado y/o verificación del cumplimiento de lo establecido en el programa aprobado según el Artículo Primero.

Artículo Cuarto.- El presente decreto de alcaldía será publicado en el diario oficial “El Peruano” y el programa, aprobado según el Artículo Primero, en el portal institucional de la entidad (www.munlima.gob.pe).

Artículo Quinto.- Disponer que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”, sin perjuicio de su publicación en el portal institucional (www.munlima.gob.pe).

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1759527-1