Dejan sin efecto Decreto Supremo N° 122-2018-PCM
DECRETO SUPREMO
Nº 066-2019-pcm
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 122-2018-PCM, se dispuso la adscripción del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) al Ministerio del Ambiente;
Que, conforme a la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo;
Que, el numeral 4) del artículo 19 de la referida Ley dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros tiene la función de formular, aprobar y ejecutar las políticas nacionales de modernización de la Administración Pública y las relacionadas con la estructura y organización del Estado, así como coordinar y dirigir la modernización del Estado, por lo que en dicho marco diseña y define su organización y estructura;
Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente dejar sin efecto el Decreto Supremo N° 122-2018-PCM;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3) del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Dejar sin efecto el Decreto Supremo N° 122-2018-PCM
Déjese sin efecto el Decreto Supremo N° 122-2018-PCM.
Artículo 2.- Adscripción
El Organismo Público Ejecutor denominado Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) queda adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 3.- Publicación
Publícase el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe).
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra del Ambiente.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- La Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de la entrada en vigencia de la presente norma, convoca el Concurso Público para la elección del/de la Jefe/a del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR).
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Los representantes titular y alterno de la sociedad civil designados por la Resolución Ministerial N° 065-2019-MINAM, integran el Comité del Concurso para la elección del/de la Jefe/a del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), que para tal efecto conforma la Presidencia del Consejo de Ministros.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Déjese sin efecto el Decreto Supremo N° 002-2019-MINAM, la Resolución Ministerial N° 041-2019-MINAM, y el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 065-2019-MINAM.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC
Ministra del Ambiente
1758581-1