RESOLUCION MINISTERIAL
N° 0126-2019-MINAGRI
Lima, 29 de marzo de 2019
VISTOS:
El Oficio N° 0098-2019-MINAGRI-SENASA, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y el Informe Legal N° 361-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante correo electrónico de fecha 7 de febrero de 2019, el Secretario Técnico del Comité Nacional del Codex – Perú comunica al Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, la invitación efectuada por la Comisión del Codex Alimentarius, para asistir a la 51ª Reunión del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51), que se llevará a cabo en la ciudad de Macao (SAR), República Popular China, del 8 al 13 de abril de 2019;
Que, el Codex Alimentarius o “Código Alimentario”, es un conjunto de normas, directrices y códigos de prácticas aprobados por la Comisión del Codex Alimentarius. La Comisión, conocida también como CAC, constituye el elemento central del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, y fue establecida por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) con la finalidad de proteger la salud de los consumidores y promover prácticas leales en el comercio alimentario;
Que, el SENASA en su calidad de coordinador de la Comisión Técnica sobre Residuos de Plaguicidas del Comité Nacional del Codex – Perú, convocó a reuniones a los Miembros de la Comisión y puso en evaluación los temas en materia de residuos de plaguicidas, los mismos que serán discutidos en la 51ª Reunión del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51), a fin de priorizar aquellos de interés nacional y establecer la Posición País respecto a dichos temas;
Que, los beneficios de la participación en la 51ª Reunión del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51), para el SENASA y el Estado Peruano, reside en contar con Normas Codex, trabajadas por la Comisión Técnica sobre Residuos de Plaguicidas del Comité Nacional del Codex – Perú, lideradas por el SENASA, con el fin de dinamizar el comercio nacional y mundial de alimentos;
Que, es de importancia la participación peruana en la 51ª Reunión del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51), dado que se aprobarán proyectos de normas y documentos que tienen implicancia en nuestro país, por estar relacionados a la calidad, inocuidad y comercio exterior de alimentos agrícolas que en muchos casos conforman la oferta exportable del Perú;
Que, mediante Oficio N° 0244-2019-MINAGRI-SENASA-DIAIA de fecha 20 de febrero de 2019, el Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA comunica al Presidente del Comité Nacional del Codex – Perú, la designación del señor Miguel Andrés Portocarrero Berrocal, especialista en Inocuidad Agroalimentaria III de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA y, coordinador alterno de la Comisión Técnica sobre Residuos de Plaguicidas del Comité Nacional del Codex – Perú, para su participación en el citado evento;
Que, mediante correo electrónico de fecha 26 de febrero de 2019, el Comité Nacional del Codex–Perú comunica el registro del señor Miguel Andrés Portocarrero Berrocal en la Plataforma ORS del Codex, para su participación en la 51ª Reunión del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51);
Que, mediante Carta N° 16 de la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (ACHIPIA) del Ministerio de Agricultura de Chile, de fecha 4 de marzo de 2019, el Presidente del Comité Coordinador FAO/OMS para América Latina y el Caribe (CCLAC) convoca a los representantes de la región participantes de la 51ª Reunión del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51), para participar en una reunión previa a la plenaria de la CCPR51, el día 7 de abril de 2019, a fin de coordinar los intereses de la región y asegurar una activa participación del CCLAC durante la plenaria;
Que, mediante Oficio N° 010/CODEX/DIGESA de fecha 5 de marzo de 2019, el Presidente del Comité Nacional del Codex – Perú solicita al Jefe del SENASA, realizar las gestiones necesarias para asegurar la participación del citado profesional como miembro de la delegación en representación del Codex Perú, así como en la reunión previa convocada por el CCLAC;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; establece que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público se otorgará por resolución ministerial del respectivo Sector;
Que, los gastos del señor Miguel Andrés Portocarrero Berrocal, por concepto de viáticos y pasajes serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria–SENASA, según lo señalado en la Certificación de Crédito Presupuestario contenida en la Nota N° 0000001634 de fecha 12 de marzo de 2019;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje, en comisión de servicios al señor Miguel Andrés Portocarrero Berrocal, profesional del SENASA, a fin de participar en la 51ª Reunión del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR51), que se llevará a cabo del 8 al 13 de abril de 2019, en la ciudad de Macao (SAR), República Popular China; así como, en la reunión previa de fecha 7 de abril de 2019, convocada por el CCLAC.
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del citado profesional en el referido evento, resulta necesario autorizar el viaje del 4 al 16 de abril de 2019;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Miguel Andrés Portocarrero Berrocal, a la ciudad de Macao (SAR), República Popular China, del 4 al 16 de abril de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria–SENASA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos |
Viáticos US $ 500 x 7 días |
Gastos de instalación y traslado US $ 500 x 2 día |
Total de viáticos US $ |
Pasajes aéreos US $ |
Total Global US $ |
Miguel Andrés Portocarrero Berrocal |
3500.00 |
1000.00 |
4500.00 |
2739.17 |
7239.17 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el comisionado, citado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO
Ministra de Agricultura y Riego
1755538-2