Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional del departamento de Madre de Dios y diversos Gobiernos Locales y dictan disposición complementaria

DECRETO SUPREMO

Nº 088-2019-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio N° 58-2019-FONDEPES/J, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero solicita recursos adicionales para financiar un programa de créditos para pescadores y acuicultores del departamento de Madre de Dios, brindar asistencia técnica y capacitación en Acuicultura, así como mejorar la infraestructura para el cultivo de especies amazónicas y para el desarrollo de la actividad de la pesca artesanal en la zona;

Que, con Oficio N° 160-2019-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita recursos adicionales para atender intervenciones en el marco de los Programas Sociales a su cargo en los distritos de Inambari y Laberinto de la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios;

Que, con Oficio N° 079-2019-ITP/DE, el Instituto Tecnológico de la Producción–ITP solicita recursos adicionales para completar el financiamiento del proyecto de inversión 2274395 “Creación de Servicios Tecnológicos para la Cadena Productiva de Madera y la Agroindustria de Productos de Castaña, Cacao y Copoazu, Distrito de Tambopata, Provincia Tambopata, Departamento Madre de Dios”, así como para implementar un convenio entre el ITP y el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica–CITE Minería y Medio Ambiente en la zona;

Que, con Oficio N° 033-2019-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita recursos adicionales para la atención de locales escolares en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, que se encuentran en situación de riesgo de colapso;

Que, con Oficio N° 478-2019-MTP/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita recursos adicionales para generar empleos temporales a través del Programa “Trabaja Perú” en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios;

Que, con Oficio N° 280-2019-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita recursos adicionales para la ejecución de acciones en la Zona de la Pampa en el departamento de Madre de Dios, con el fin de elevar el nivel de desarrollo productivo de la zona;

Que, con Oficio N° 042-2019-MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas solicita recursos adicionales para fortalecer el proceso de formalización minera en la Región Madre de Dios, adjuntando el Informe Nº 031-2019/MEM-OGPP/OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el que señala que los recursos son para brindar asistencia técnica a los mineros en proceso de formalización;

Que, con Oficio N° 81-2019-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita recursos adicionales para financiar la ejecución de las operaciones policiales de interdicción contra la minería ilegal en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios;

Que, con Oficio N° 579-2019-MIMP/SG, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita recursos adicionales para la protección y restitución de los derechos de las personas vulnerables en la zona de la Pampa en el departamento de Madre de Dios;

Que, con Oficio N° 021-2019-OSINFOR/01, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre–OSINFOR solicita recursos adicionales para desarrollar de manera extraordinaria, supervisiones, fortalecimiento de capacidades a titulares de títulos habilitantes, y la interoperabilidad para asegurar el flujo de información relacionada al aprovechamiento de recursos forestales y de fauna silvestre, en La Pampa–Tambopata–Madre de Dios;

Que, con Oficios N°s 141-2019-GOREMAD/GR, 150-2019-GOREMAD/GR y 201-2019-GOREMAD/GR el Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, solicita recursos adicionales para financiar la ejecución de diversas inversiones y para el mantenimiento vial de carreteras;

Que, con Oficio N° 072-2019-MDH-MDD-A, la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, solicita recursos adicionales para financiar la ejecución del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO VIAL DE LA AV. PRIMERO DE MAYO Y CALLE 14 CUADRAS B, C, D, E, Y F DE VILLA HUEPETUHE, DISTRITO DE HUEPETUHE–MANU–MADRE DE DIOS”, con código único 2314405;

Que, con Oficio N° 110-2019-MDLP/ALC, la Municipalidad Distrital de las Piedras solicita recursos adicionales para financiar la ejecución de los proyectos de inversión “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA IEBR NIVEL SECUNDARIO RAÚL VARGAS QUIROZ EN EL C. P. ALEGRIA, DISTRITO DE LAS PIEDRAS–TAMBOPATA–MADRE DE DIOS”, con código único 2284032, y “RECUPERACION DE LOS SERVICIOS DE REGULACIÓN HÍDRICA EN LA SUB CUENCA DEL RÍO MANURIPE, DISTRITO DE LAS PIEDRAS, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”, con código único 2380431;

Que, con Oficio N° 0131-2019-MDI-T/A, la Municipalidad Distrital de Inambari, solicita recursos adicionales para financiar la ejecución del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO EN LA LOCALIDAD DE PUERTO MAZUKO, DISTRITO DE INAMBARI–TAMBOPATA–MADRE DE DIOS”, con código único 2281058;

Que, con Oficio N° 083-2019-A-MDI, la Municipalidad Distrital de Iberia solicita recursos adicionales para financiar la ejecución del proyecto de inversión “AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA Y DISPOSICION SANITARIA DE EXCRETAS EN LA COMUNIDAD DE ARCA PACAHUARA, DISTRITO DE IBERIA–TAHUAMANU–MADRE DE DIOS”, con código único 2323057;

Que, con Oficio N° 124-2019-ALC-MP-TAH, la Municipalidad Provincial de Tahuamanu solicita recursos adicionales para financiar la ejecución del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE DRENAJE PLUVIAL DE LA CIUDAD DE IÑAPARI, DISTRITO DE IÑAPARI, PROVINCIA DE TAHUAMANU–MADRE DE DIOS”, con código único 2310523;

Que, el financiamiento de las acciones mencionadas en los considerandos precedentes, no ha sido previsto en el presupuesto institucional del presente año fiscal de los pliegos respectivos;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 193 690 815,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Instituto Tecnológico de la Producción, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Interior, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios y diversos gobiernos locales, para financiar las intervenciones mencionadas en los considerandos precedentes a favor del departamento de Madre de Dios;

Que, de otro lado, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas señala que, en atención a la problemática advertida en las zonas declaradas en Estado de Emergencia en el departamento de Madre de Dios, se requiere otorgar un incentivo especial que permita financiar las actividades productivas de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) en dicha zona, por lo que propone incrementar la cobertura que otorga el Fondo de Garantía Empresarial (FOGEM); así como incrementar las facilidades crediticias que otorga el Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Forestal, que es financiado con recursos del Fondo MIPYME;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en el inciso 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 193 690 815,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS QUINCE Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Instituto Tecnológico de la Producción, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Interior, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios y diversos gobiernos locales, para financiar las intervenciones mencionadas en los considerados precedentes a favor del departamento de Madre de Dios, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCION PRIMERA   : Gobierno Central  

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía

y Finanzas  

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General  

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS

QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS  

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público  

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios  

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 134 319 167,00

GASTO DE CAPITAL      

2.0 Reserva de Contingencia 59 371 648,00

193 690 815,00

———————-

TOTAL EGRESOS 193 690 815,00

============

A LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central  

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE 132 641 345,00

GASTO DE CAPITAL 10 895 034,00

———————-

SUBTOTAL 143 536 379,00

============

SECCION SEGUNDA   : Instancias Descentralizadas

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE 1 677 822,00

GASTO DE CAPITAL 48 476 614,00

————————

SUBTOTAL 50 154 436,00

============

TOTAL EGRESOS 193 690 815,00

============

1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, categoría y genérica de gasto, se detallan en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor del Gobierno Nacional”, Anexo 2 “Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor del gobierno regional y de gobiernos locales del departamento de Madre de Dios para inversiones” y Anexo 3 “Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios para mantenimiento vial”, que forman parte de este Decreto Supremo, los mismos que son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en esta Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia de partidas a que se refiere el párrafo 1.1 del artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA.- Ampliación de cobertura financiera en Madre de Dios

El Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con las entidades correspondientes, realiza las modificaciones normativas necesarias para que hasta el 31 de diciembre de 2019, en el ámbito de los distritos declarados en Estado de Emergencia con Decreto Supremo N° 028-2019-PCM, se incremente la cobertura del Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM hasta un 90% del Saldo Insoluto de los Préstamos Garantizados, destinando para ello hasta S/ 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) de sus recursos; y la del Programa del Fondo MIPYME hasta un 80% de su necesidad de financiamiento, destinando para ello hasta S/ 45 000 000,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) de sus recursos.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CARLOS OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

1754563-7