Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 062-2019-re

Lima, 27 de marzo de 2019

VISTA:

La comunicación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Jesús Guillermo Betancourt Rivera, de 26 de marzo de 2019, mediante la cual solicita por motivos personales, su traslado a Lima, a fin de prestar funciones de su categoría en Cancillería;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N.° 183-2016-RE, de 31 de agosto de 2016, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Jesús Guillermo Betancourt Rivera;

Que, mediante Resolución Ministerial N.° 0802-2016-RE, se fijó el 1 de octubre de 2016, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras;

Que, el artículo 30 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, establece que los funcionarios del Servicio Diplomático sirven alternadamente en el exterior y en el país, por un plazo no mayor de cinco años en el exterior y no menor de tres años en el país, de acuerdo con las necesidades del servicio; plazos que por razones del servicio, debidamente fundamentadas se pueden extender o reducir por un año;

De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminadas, a su solicitud, las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Jesús Guillermo Betancourt Rivera, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras.

Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 4.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES

Ministro de Relaciones Exteriores

1754563-13