Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
DECRETO SUPREMO
Nº 085-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 autoriza al pliego Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, hasta por la suma de S/ 18 000 000,00 (DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar el cumplimiento de los estudios de preinversión a nivel de factibilidad y de Impacto Ambiental de las Líneas 3 y 4 de la Red Básica del Metro de Lima y Callao; asimismo, señala que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último, debiendo publicarse dicho Decreto Supremo hasta el 30 de marzo de 2019;
Que, mediante Oficio Nº 24-2019/PROINVERSIÓN/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROINVERSIÓN emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar una modificación presupuestaria en el nivel institucional hasta por la suma de S/ 18 000 000,00 (DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, con Memorando Nº 458-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe Nº 111-2019-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestal respecto a la autorización de una Transferencia de Partidas a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, con cargo a los recursos asignados en el pliego Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el cumplimiento de los estudios de preinversión a nivel de factibilidad y de Impacto Ambiental de la Línea 4 de la Red Básica del Metro de Lima y Callao; en virtud del cual, con Oficio Nº 761-2019-MTC/04, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 17 636 544,00 (DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Centésima Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 17 636 544,00 (DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), del pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN a favor del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 012: Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, para financiar el cumplimiento de los estudios de preinversión a nivel de factibilidad y de Impacto Ambiental de la Línea 4 de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 055 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada
UNIDAD EJECUTORA 001 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE
NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5005389 : Post Privatización
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 17 636 544,00
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TOTAL EGRESOS 17 636 544,00
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A LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 012 : Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0148 : Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano
PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre-Inversión
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 17 636 544,00
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TOTAL EGRESOS 17 636 544,00
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Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1754048-4