Aprueban Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 404-2019-MDA
Ancón, 21 de marzo de 2019
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ANCÓN
VISTOS:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 087-2019-SGPP-GAPP/MDA emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 021-2019/GAJ/MDA; y.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, según señala el Artículo 195º de la Carta Magna, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para, entre otros aspectos, aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependientes, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano;
Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política de Modernización de la Gestión Pública, señala que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 024-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos;
Que, como alcance de la política de modernización contenida en el numeral 2.2 del punto 2, se señala que “Modernizar la gestión pública es una responsabilidad de todas las autoridades, funcionarios y servidores del Estado en cada uno de sus organismos y niveles de gobierno. En ese sentido, cualquier esfuerzo que apunte a elevar los niveles de desempeño de las entidades del Estado a favor de los ciudadanos, debe involucrar a los diversos sectores y niveles de gobierno.
Por lo tanto, la modernización de la gestión pública es una política de Estado que alcanza a todas las entidades públicas que lo conforman, sin afectar los niveles de autonomía que les confiere la ley. Compromete al Poder Ejecutivo, organismos autónomos, gobiernos descentralizados, instituciones políticas y la sociedad civil, a través de sus distintas organizaciones”
Que, el artículo 9º inciso 3. de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, lo cual concuerda con lo establecido en el artículo 40º de esta norma, que señala que las Ordenanzas de la municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa;
Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, señala en su Artículo 43º que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia”.
Que, con Informe Nº 087-2019-SGPP-GAPP/MDA de fecha 18 de marzo de 2019, la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Técnico sustentatorio y la propuesta de Reglamento de Organización y funciones – ROF y Estructura Orgánica, conforme a las especificaciones de carácter técnico normativo señalado en la norma que establece los lineamientos de Organización del Estado, teniendo en cuenta los aportes de las diferentes unidades orgánicas, precisando las razones que han motivado la modificación propuesta en función a las líneas estratégicas de gestión institucional orientado a mejorar el funcionamiento de los servicios públicos municipales en bien de los vecinos del distrito de Ancón;
Que, mediante Informe Nº 021-2019-GAJ/MDA de fecha 18 de marzo de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite informe legal que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad, dando conformidad a la propuesta normativa, por lo que indica que deberá elevarse la propuesta al Concejo Municipal, para que, conforme a sus atribuciones, apruebe la correspondiente Ordenanza;
Que, con Ordenanza Municipal Nº 390-2018-MDA, de fecha 27 de abril de 2018 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad Distrital de Ancón, la misma que fue publicada en el diario Oficial El Peruano el 23 de mayo de 2018;
Que, conforme a lo estipulado en el numeral 45.3 del Artículo 45º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, establece que la aprobación de este instrumento de gestión es por Ordenanza Municipal;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por Mayoría de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente;
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES –ROF- Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF - y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón, que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Secretaría General remitir el texto íntegro del ROF y el Organigrama Institucional, a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para tramitar su publicación con la Secretaría de Gobierno Digital en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.muniancon.gob.pe).
Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde a dictar las disposiciones que sean necesarias para el proceso de adecuación e implementación organizacional integral, así como también de los instrumentos de gestión pública, de acuerdo a la normativa vigente.
Artículo Cuarto.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 390-2018-MDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ancón y todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, cúmplase.
PEDRO JOHN BARRERA BERNUI
Alcalde
1753004-1