Aprueban el formulario de Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 077-2019-MEM/DM

Lima, 13 de marzo de 2019

VISTOS: El Informe N° 381-2019-MEM-DGM/DGES de la Dirección de Gestión Minera de la Dirección General de Minería; y, el Informe N° 253-2019-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27506, Ley de Canon, establece que el Canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley de Canon, el cual establece que el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon, proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas la información necesaria a fin de elaborar los índices de distribución del Canon;

Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2019-EF se modificó el literal a) del Artículo 5-A del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon; con la finalidad de que la declaración jurada que presentan los titulares mineros obligados a declarar en caso una concesión minera se encuentre ubicada en más de un distrito, pueda ser presentada vía electrónica por el extranet del Portal Web del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el Ministerio de Energía y Minas ha elaborado un sistema informático, que permitirá a los titulares mineros presentar la declaración jurada vía electrónica por el extranet de su portal web, y de esta manera optimizar el seguimiento y control de las declaraciones para luego ser remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia es necesario aprobar el formulario de Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), a fin de facilitar la entrega oportuna de la información requerida por el Ministerio de Economía y Finanzas para la elaboración de los índices de distribución de los recursos de canon minero;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007- EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el formulario de Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), el mismo que se adjunta como ANEXO I a la presente resolución.

Artículo 2.- La presentación de la Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), se realizará de manera gratuita siguiendo el procedimiento establecido en el ANEXO II que forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO

Ministro de Energía y Minas

ANEXO I

Formulario de Declaración Jurada para acreditar el valor de venta del concentrado o equivalente de cada concesión minera (Metálica) y valor del componente minero

(No Metálica)

Por el presente documento (1), __________________ con R.U.C. Nº ____________, representado por ________________________________ con DNI Nº ____________, con poder inscrito en el asiento Nº ____, en la partida registral Nº ______, de la Oficina Registral ________ de fecha ________, con domicilio en ____________________________, Distrito de ____________, Provincia de ________ y Región de __________, con pleno conocimiento y de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 5.3 del artículo 5° de la Ley N° 27506, Ley de Canon, DECLARO BAJO JURAMENTO que durante el año ______, hemos realizado ventas de mineral por un valor de S/. ______________ (____________ con 00/100 soles), cuyo detalle se describe en el cuadro siguiente:

Código

Concesión

Nombre de Concesión Minera

Región

Provincia

Distrito

Valor de Venta S/. (2)

Observación

Total (3)

La presente declaración jurada, la efectúo de buena fe, basado en el principio de presunción de veracidad consagrado en el numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, expresando conocer las consecuencias de orden pecuniario, administrativo y penal en caso de comprobarse la falsedad de la presente declaración.

El acceso a la presente Declaración Jurada es sólo posible mediante la identificación de usuario y clave que han sido entregados previa acreditación del Titular. El poseedor de la clave y usuario es responsable de la custodia, seguridad y buen uso.

Lima, ____de _______ de ____

NOMBRE DEL TITULAR, APODERADO O

REPRESENTANTE LEGAL

DNI

(1) En caso de personal natural, indicar nombres y apellidos.

En caso de persona jurídica, indicar razón social, R.U.C., partida registral en SUNARP, domicilio de la empresa, así como nombre de su apoderado o representante legal y su D.N.I.

(2) En caso de metálicos, indicar el valor de venta de concentrado o equivalente. En caso de no metálicos, indicar el valor del componente minero.

(3) El total del valor de venta deberá ser igual al Estado de Ganancias y Pérdidas del año que se declara.

ANEXO II

INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA PARA ACREDITAR EL VALOR DE VENTA DEL CONCENTRADO O EQUIVALENTE DE CADA CONCESIÓN MINERA (METÁLICA) Y VALOR DEL COMPONENTE MINERO (NO METÁLICA)

Para la presentación de la Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), los titulares de la actividad minera deberán acceder vía internet a la página web: http:// extranet.minem.gob.pe, para lo cual deberán contar con un Nombre de Usuario y Clave Secreta (son los mismos para la presentación de la Declaración Anual Consolidada-DAC, Declaración Estadística Mensual-ESTAMIN y otros) que serán entregados mediante una de las siguientes modalidades:

a) En Lima, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podrá acercarse a la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, con su Documento Nacional de Identidad (DNI). El horario de atención para realizar este trámite, que no generará costo alguno para el titular, será de lunes a viernes durante el horario de atención al público.

b) En provincias, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podrá acercarse a la oficina de la Dirección Regional de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente, a solicitar su Nombre de Usuario y Clave Secreta.

El Nombre de Usuario y Clave Secreta son los mismos para la presentación de las demás declaraciones obligatorias que el titular minero realice vía extranet.

Asimismo, el titular minero deberá tener presente que:

1. En la Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica) los datos consignados deben ser veraces y reflejo de la realidad, asumiendo el titular la total responsabilidad por la veracidad y exactitud de la información declarada.

2. La utilización de la extranet del Ministerio de Energía y Minas por primera vez, conllevará a que el titular cambie la clave secreta proporcionada por la Dirección General de Minería o por la Dirección Regional de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente.

3. Bajo ninguna circunstancia la Dirección General de Minería ni las oficinas de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente, recibirán formularios impresos.

Cualquier consulta podrá ser realizada a la Dirección General de Minería o su equivalente de la región correspondiente.

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