Aprueban el formulario de Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 077-2019-MEM/DM
Lima, 13 de marzo de 2019
VISTOS: El Informe N° 381-2019-MEM-DGM/DGES de la Dirección de Gestión Minera de la Dirección General de Minería; y, el Informe N° 253-2019-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27506, Ley de Canon, establece que el Canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley de Canon, el cual establece que el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon, proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas la información necesaria a fin de elaborar los índices de distribución del Canon;
Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2019-EF se modificó el literal a) del Artículo 5-A del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon; con la finalidad de que la declaración jurada que presentan los titulares mineros obligados a declarar en caso una concesión minera se encuentre ubicada en más de un distrito, pueda ser presentada vía electrónica por el extranet del Portal Web del Ministerio de Energía y Minas;
Que, el Ministerio de Energía y Minas ha elaborado un sistema informático, que permitirá a los titulares mineros presentar la declaración jurada vía electrónica por el extranet de su portal web, y de esta manera optimizar el seguimiento y control de las declaraciones para luego ser remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia es necesario aprobar el formulario de Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), a fin de facilitar la entrega oportuna de la información requerida por el Ministerio de Economía y Finanzas para la elaboración de los índices de distribución de los recursos de canon minero;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007- EM y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el formulario de Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), el mismo que se adjunta como ANEXO I a la presente resolución.
Artículo 2.- La presentación de la Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), se realizará de manera gratuita siguiendo el procedimiento establecido en el ANEXO II que forma parte de la presente resolución.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO I
Formulario de Declaración Jurada para acreditar el valor de venta del concentrado o equivalente de cada concesión minera (Metálica) y valor del componente minero
(No Metálica)
Por el presente documento (1), __________________ con R.U.C. Nº ____________, representado por ________________________________ con DNI Nº ____________, con poder inscrito en el asiento Nº ____, en la partida registral Nº ______, de la Oficina Registral ________ de fecha ________, con domicilio en ____________________________, Distrito de ____________, Provincia de ________ y Región de __________, con pleno conocimiento y de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 5.3 del artículo 5° de la Ley N° 27506, Ley de Canon, DECLARO BAJO JURAMENTO que durante el año ______, hemos realizado ventas de mineral por un valor de S/. ______________ (____________ con 00/100 soles), cuyo detalle se describe en el cuadro siguiente:
Código Concesión |
Nombre de Concesión Minera |
Región |
Provincia |
Distrito |
Valor de Venta S/. (2) |
Observación |
Total (3) |
La presente declaración jurada, la efectúo de buena fe, basado en el principio de presunción de veracidad consagrado en el numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, expresando conocer las consecuencias de orden pecuniario, administrativo y penal en caso de comprobarse la falsedad de la presente declaración.
El acceso a la presente Declaración Jurada es sólo posible mediante la identificación de usuario y clave que han sido entregados previa acreditación del Titular. El poseedor de la clave y usuario es responsable de la custodia, seguridad y buen uso.
Lima, ____de _______ de ____
NOMBRE DEL TITULAR, APODERADO O
REPRESENTANTE LEGAL
DNI
(1) En caso de personal natural, indicar nombres y apellidos.
En caso de persona jurídica, indicar razón social, R.U.C., partida registral en SUNARP, domicilio de la empresa, así como nombre de su apoderado o representante legal y su D.N.I.
(2) En caso de metálicos, indicar el valor de venta de concentrado o equivalente. En caso de no metálicos, indicar el valor del componente minero.
(3) El total del valor de venta deberá ser igual al Estado de Ganancias y Pérdidas del año que se declara.
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA PARA ACREDITAR EL VALOR DE VENTA DEL CONCENTRADO O EQUIVALENTE DE CADA CONCESIÓN MINERA (METÁLICA) Y VALOR DEL COMPONENTE MINERO (NO METÁLICA)
Para la presentación de la Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica), los titulares de la actividad minera deberán acceder vía internet a la página web: http:// extranet.minem.gob.pe, para lo cual deberán contar con un Nombre de Usuario y Clave Secreta (son los mismos para la presentación de la Declaración Anual Consolidada-DAC, Declaración Estadística Mensual-ESTAMIN y otros) que serán entregados mediante una de las siguientes modalidades:
a) En Lima, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podrá acercarse a la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, con su Documento Nacional de Identidad (DNI). El horario de atención para realizar este trámite, que no generará costo alguno para el titular, será de lunes a viernes durante el horario de atención al público.
b) En provincias, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con carta poder legalizada) podrá acercarse a la oficina de la Dirección Regional de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente, a solicitar su Nombre de Usuario y Clave Secreta.
El Nombre de Usuario y Clave Secreta son los mismos para la presentación de las demás declaraciones obligatorias que el titular minero realice vía extranet.
Asimismo, el titular minero deberá tener presente que:
1. En la Declaración Jurada para acreditar el Valor de Venta del Concentrado o Equivalente de cada Concesión Minera (Metálica) y Valor del Componente Minero (No Metálica) los datos consignados deben ser veraces y reflejo de la realidad, asumiendo el titular la total responsabilidad por la veracidad y exactitud de la información declarada.
2. La utilización de la extranet del Ministerio de Energía y Minas por primera vez, conllevará a que el titular cambie la clave secreta proporcionada por la Dirección General de Minería o por la Dirección Regional de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente.
3. Bajo ninguna circunstancia la Dirección General de Minería ni las oficinas de las Direcciones Regionales de Energía y Minas o su equivalente en la región correspondiente, recibirán formularios impresos.
Cualquier consulta podrá ser realizada a la Dirección General de Minería o su equivalente de la región correspondiente.
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