Convierten fiscalías, trasladan plazas, dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos distritos judiciales

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

451-2019-MP-FN

Lima, 5 de marzo de 2019

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 115-2018-MP-FN-JFS, conforme al Acuerdo Nº 5256, ambos de fecha 17 de septiembre de 2018, se dispuso, entre otros, la creación de diez (10) Fiscalías Provinciales Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, con sus correspondientes plazas fiscales y administrativas, las mismas que se encuentran distribuidas en los Distritos Fiscales de Callao, Lima, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur.

Que, la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, según informe expedido por la Oficina de Centro de Costos y Presupuestos por Resultados, registra como carga fiscal, del 23 de noviembre de 2018 al 22 de enero de 2019, un total de dos mil ochocientos ochenta y un (2881) casos, de los cuales dos mil setecientos cincuenta y cuatro (2754), figuraban en estado pendiente. Asimismo, de acuerdo al reporte actualizado del Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIAFT), y al Sistema de Gestión Fiscal (SGF), expedidos por la Oficina de Control de Productividad Fiscal, al 28 de febrero del año en curso, el total de casos ingresados a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, es de cuatro mil ochocientos noventa y seis (4896).

Que, teniendo en cuenta el incremento de la carga procesal se advierte que el diseño estándar existente no responde a los objetivos de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.

En ese sentido, resulta necesario fortalecer el trabajo de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, adecuando su diseño organizacional a un modelo de trabajo corporativo, conformado por cuatro Despachos, los mismos que se constituyen con un (01) Fiscal Provincial y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales cada uno, que optimice el desempeño del trabajo fiscal y permita que las víctimas de violencia reciban una respuesta oportuna por parte del Ministerio Público.

En dicho contexto, mediante Resolución de Fiscalía de la Nación N° 166-2019-MP-FN, de fecha 28 de enero de 2019, se estableció como política institucional el abordaje de la “Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar” a través del “Sub Sistema Especializado para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar”, cuya formulación, implementación, monitoreo y evaluación es asumida por el Despacho de la Fiscalía de la Nación.

En ese sentido, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, se encuentra en la obligación de racionalizar los Despachos Fiscales en función de la carga laboral y determinar su competencia, teniendo siempre como objetivo principal: ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y eficaz, permitiendo que las víctimas de violencia accedan a una pronta administración de justicia.

Por consiguiente y estando a que la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla y la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ucayali, ambas pertenecientes al Distrito Fiscal de Loreto, cuentan con una carga laboral manejable, conforme en su oportunidad ha informado la Secretaría Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal; se hace posible que algunas de sus plazas fiscales, sean trasladadas hacia la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima, para que de esta manera se pueda crear el sistema corporativo que atienda el sobredimensionamiento existente de los casos de violencia contra la mujer.

Por otro lado, estando a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley Nº 30914, Ley que modifica la Ley Nº 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, el cual excluye al Ministerio Público de la función dictaminadora en los procesos contenciosos administrativos lo cual originan la disminución de la carga procesal de forma considerable.

En efecto, conforme se aprecia del reporte de carga laboral y producción fiscal de las Fiscalías Superiores y Provinciales a nivel nacional, emitido por la Oficina de Control de la Productividad Fiscal, actualizado al 05 de marzo del año en curso, las Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, así como las Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, cuentan, a la fecha, con una ínfima carga laboral en materia civil, la misma que no justificaría la existencia de nueve Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, como tampoco de catorce Fiscalías Provinciales Civiles de Lima; por lo que, por necesidad de servicio, resulta oportuno que algunas de sus plazas fiscales sean trasladadas a Despachos Fiscales que requieran apoyo fiscal, como es el caso de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Estando a lo expuesto, y a lo informado por la Secretaría Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, por necesidad de servicio, resulta conveniente expedir el resolutivo que disponga la conversión de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, en Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, la misma que se fortalecerá con el traslado de las siguientes plazas: una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto; dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, con carácter transitorio, provenientes de la Tercera y Séptima Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, Distrito Fiscal de Lima, las mismas que previamente deberán ser convertidas en plazas de igual nivel, esto es, de Fiscales Provinciales Transitorias; una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Décima Fiscalía Provincial Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima; una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitorio, del Pool de Fiscales Transitorio de Lima, Distrito Fiscal de Lima; y, dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ucayali, Distrito Fiscal de Loreto. En ese contexto, debe convertirse la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, en Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto.

Por otro lado, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 191-2019-MP-FN, de fecha 30 de enero de 2019, se dispuso, entre otros, que partir de las 08:00 horas del día miércoles 30 de enero de 2019, el turno de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, sea asumido por la Fiscalía Provincial Penal de Turno Permanente del Distrito Fiscal de Lima; de igual forma, se estableció que la comunicación de la detención y la recepción de atestados con detenidos en flagrancia relacionados a la comisión de los delitos a los que aluden la Ley N.° 30364, el Decreto Legislativo N.° 1368 y el Decreto Legislativo N.° 1410, sean de competencia de la Fiscalía Provincial de Turno Permanente del Distrito Fiscal de Lima; además de ello, se resolvió que la Fiscalía Provincial Penal de Turno Permanente del Distrito Fiscal de Lima que haya asumido investigaciones con detenidos en flagrancia respecto de los tipos penales antes mencionados, deberán comunicar inmediatamente su avocamiento y cursar copia de la formalización de la denuncia, así como de las disposiciones expedidas, a la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Que, estando a la creación de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, las cuales contarán con un mayor número de personal fiscal y administrativo, debe establecerse que a partir de las 08:00 horas del día 01 de abril del año en curso, el turno fiscal respecto a lo señalado en el párrafo anterior, se encuentre a cargo de dichas Fiscalías Especializadas; por lo que debe dejarse sin efecto los artículos pertinentes de la Resolución citada en el párrafo que antecede.

Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, en Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Segundo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, hacia la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Tercero.- Trasladar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, hacia la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Cuarto.- Convertir dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, ambas con carácter transitorio, de la Tercera y Séptima Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en dos (02) plazas de igual nivel, esto es, de Fiscales Provinciales, con carácter transitorio.

Artículo Quinto.- Trasladar las plazas señaladas en el artículo precedente, a la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Sexto.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Décima Fiscalía Provincial Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima, hacia la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Séptimo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitorio, del Pool de Fiscales Transitorio de Lima, Distrito Fiscal de Lima, hacia la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Octavo.- Trasladar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ucayali, Distrito Fiscal de Loreto, hacia la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Distrito Fiscal de Lima.

Artículo Noveno.- Convertir la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, en Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto.

Artículo Décimo.- Dar por concluida la designación de la abogada Katharine Borrero Soto, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3356-2018-MP-FN, de fecha 26 de septiembre de 2018.

Artículo Décimo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Henry Teófilo De La Cruz Marcelo, Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3356-2018-MP-FN, de fecha 26 de septiembre de 2018.

Artículo Décimo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Ericka Vanessa Salinas López, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal Lima, y su designación en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima, así como su destaque al Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3104-2016-MP-FN y 4529-2018-MP-FN, de fechas 07 de julio de 2016 y 17 de diciembre de 2018, respectivamente.

Artículo Décimo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2190-2017-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2017.

Artículo Décimo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Fiorella Janeth Félix Acosta, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 228-2018-MP-FN, de fecha 17 de enero de 2018.

Artículo Décimo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Liliana Aimé Andía Merlin, como Fiscal Adjunta Superior Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1780-2013-MP-FN y 800-2016-MP-FN, de fechas 25 de junio de 2013 y 19 de febrero de 2016, respectivamente.

Artículo Décimo Sexto.- Dar por concluida la designación de la abogada Giannina Elizabeth Luna Gamarra, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Octava Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 262-2015-MP-FN, de fecha 27 de enero de 2015.

Artículo Décimo Séptimo.- Dar por concluida la designación de la abogada Zelena Aguilar Huaco, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 139-2014-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2014.

Artículo Décimo Octavo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jorge Bravo Figueroa, como Fiscal Adjunto Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, y su designación en el Despacho de la Séptima Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 343-2012-MP-FN y 800-2016-MP-FN, de fechas 07 de febrero de 2012 y 19 de febrero de 2016, respectivamente.

Artículo Décimo Noveno.- Dar por concluida la designación de la abogada Rosmery Silva Collazos, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil y Familia de San Juan de Lurigancho, Distrito Fiscal de Lima Este, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil y Familia de San Juan de Lurigancho, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2546-2018-MP-FN, de fecha 16 de julio de 2018.

Artículo Vigésimo.- Dar por concluida la designación de la abogada Armida Luz Castillo Santiago, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal Lima, en el Pool de Fiscales de Lima, así como su destaque al Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1453-2012-MP-FN y 4418-2018-MP-FN, de fechas 13 de junio de 2012 y 12 de diciembre de 2018, respectivamente.

Artículo Vigésimo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado José Alberto Miranda Sotil, Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3356-2018-MP-FN, de fecha 26 de septiembre de 2018.

Artículo Vigésimo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Juan Alberto Basilio Atencio, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4567-2014-MP-FN, de fecha 31 de octubre de 2014.

Artículo Vigésimo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Demetrio Víctor Astorga García, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1794-2017-MP-FN, de fecha 31 de mayo de 2017.

Artículo Vigésimo Cuarto.- Dar por concluida la designación del abogado Pedro Iván Murillo Mendives, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1999-2018-MP-FN, de fecha 14 de junio de 2018.

Artículo Vigésimo Quinto.- Designar a la abogada Katharine Borrero Soto, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Vigésimo Sexto.- Designar al abogado Henry Teófilo De La Cruz Marcelo, Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Vigésimo Séptimo.- Nombrar a la abogada Ericka Vanessa Salinas López, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Vigésimo Octavo.- Nombrar al abogado Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Vigésimo Noveno.- Designar a la abogada Liliana Aimé Andía Merlin, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Trigésimo.- Nombrar a la abogada Fiorella Janeth Félix Acosta, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Trigésimo Primero.- Nombrar a la abogada Giannina Elizabeth Luna Gamarra, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Trigésimo Segundo.- Designar a la abogada Zelena Aguilar Huaco, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Trigésimo Tercero.- Nombrar a la abogada María Pravia Guerrero, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Trigésimo Cuarto.- Nombrar a la abogada Rosmery Silva Collazos, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Trigésimo Quinto.- Designar al abogado José Alberto Miranda Sotil, Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Trigésimo Sexto.- Designar a la abogada Armida Luz Castillo Santiago, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Trigésimo Séptimo.- Designar al abogado Juan Alberto Basilio Atencio, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Ramón Castilla.

Artículo Trigésimo Octavo.- Designar en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Mariscal Ramón Castilla, a los siguientes Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Loreto:

- Demetrio Víctor Astorga García

- Pedro Iván Murillo Mendives

Artículo Trigésimo Noveno.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima, Loreto y Ucayali, conforme a lo establecido en el artículo 157º, literal “g” del Reglamento de Organización y Funciones – ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, para que dispongan las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo Cuadragésimo.- Disponer que la presente resolución surta efectos a partir del 08 de marzo de 2019.

Artículo Cuadragésimo Primero.- Establecer que del 08 al 31 de marzo de 2019 se realice la implementación de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima.

Artículo Cuadragésimo Segundo.- Dejar sin efecto, a partir de las 08:00 horas del día 01 de abril del año en curso, los artículos primero, segundo y tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 191-2019-MP-FN, de fecha 30 de enero de 2019.

Artículo Cuadragésimo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Loreto y Ucayali, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima, Loreto y Ucayali, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación (i)

1746887-2