Ordenanza que crea el Instituto Vial Provincial Municipal de Huarochirí y aprueban su Estatuto

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 001-2019/CM-MPH-M.

Matucana, 3 de enero de 2019

LA ALCALDESA DE LA PROVINCIA DE HUAROCHIRI,

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, en Sesión Ordinaria de fecha 03 de enero del año 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de La Reforma Constitucional, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.

Que, por mandato del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de La Reforma Constitucional, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes de desarrollo;

Que, los artículos 9º, numeral 3), 73º numeral 1.8 y 81º numeral 1.1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, considera la atribución del Concejo Municipal para aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, la competencia en materia de viabilidad y la función específica de normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial; respectivamente;

Que, el artículo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades define las relaciones que mantienen las municipalidades entre ellas y que son de coordinación, de cooperación o de asociación para la ejecución de obras o prestación de servicios;

Que, en tal sentido, se ha previsto la creación del Instituto Vial Provincial de Huarochirí - IVP, como organismo público descentralizado con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera, integrado por el Alcalde Provincial y Alcaldes Distritales, constituye una manifestación de la potestad citada con anterioridad, dirigida a viabilizar el desarrollo y mantenimiento de los caminos rurales en el ámbito de la jurisdicción de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Huarochirí;

Que, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 03 de enero del año 2019, presidida por la Alcaldesa Provincial, se aprobó por unanimidad la creación y la implementación del Instituto Vial Provincial de Huarochirí;

De conformidad con lo establecido en el artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades N º 23853, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE CREA EL INSTITUTO

VIAL PROVINCIAL DE HUAROCHIRI

Artículo Primero.- CREAR, el Instituto Vial Provincial Municipal de Huarochirí - IVP como organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público y autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera.

Artículo Segundo.- APROBAR, el Estatuto del Instituto Vial Provincial Municipal de Huarochirí - IVP, conforme al Proyecto aprobado en la Sesión de Consejo en el ámbito de la Provincia de Huarochirí.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, la publicación de la presente Ordenanza Municipal, a la Secretaria General en el Diario Oficial El Peruano y al área de Imagen Institucional en la página web de la municipalidad.

DISPOSICIONES FINALES

Primera: Dispóngase la asignación de personal y los cambios presupuestales que demande la creación y funcionamiento del IVP. Asimismo se dispone la transferencia de los recursos presupuestarios, bienes patrimoniales y acervo documental que se requiera para el funcionamiento del instituto creado. El Alcalde queda facultado para dictar las resoluciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Segunda: Quedan derogadas o modificadas las disposiciones de la Municipalidad Provincial de Huarochirí que se opongan en todo o parte a lo dispuesto por la presente Ordenanza.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EVELING G. FELICIANO ORDOÑEZ

Alcaldesa

1746717-1