Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 037-2019-RE

Lima, 3 de marzo de 2019

VISTO:

El Informe (OAP) Nº 008/2019, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 22 de enero de 2019;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero;

Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de oficio, mediante Resolución Suprema; la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Oficina General de Recursos Humanos;

Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) Nº 008/2019, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Rodríguez Cuadros, cumplirá el 17 de marzo de 2019, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley Nº 28091;

De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Rodríguez Cuadros, el 17 de marzo de 2019, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad.

Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Rodríguez Cuadros, por los importantes servicios prestados a la Nación.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES

Ministro de Relaciones Exteriores

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