Inscriben al partido político “Partido Morado” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO

DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

RESOLUCIÓN Nº 035-2019-DNROP/JNE

Lima, 1 de marzo de 2019

VISTA, la solicitud de inscripción del partido político “Partido Morado”, presentada por el ciudadano Marco Antonio Zevallos Bueno, Personero Legal Titular, el 28 de febrero de 2018 y el Memorando Nº 159-2019-SC/JNE de fecha 28 de febrero de 2019.

CONSIDERANDOS:

Con fecha 28 de febrero de 2018, el ciudadano Marco Antonio Zevallos Bueno, Personero Legal Titular de la organización política “Partido Morado”, solicitó la inscripción del referido partido político a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante DNROP y JNE, respectivamente).

Revisada la solicitud y sus anexos, así como la documentación subsanatoria presentada, se advierte que la organización política cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley Nº 28094 (en adelante, LOP), así como, el artículo 23º del Texto Ordenado del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado mediante Resolución Nº 049-2017-JNE (en adelante Reglamento), vigentes a la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción, siendo éstos:

I) Acta de Fundación: La cual contiene el ideario de la organización política, su denominación y símbolo, así como, la relación de directivos, la cual queda finalmente conformada de la siguiente manera:

Nombres de los Dirigentes:

Presidente del Partido Político: Julio Armando Guzmán Cáceres

Comité Ejecutivo Nacional - Presidente: Julio Armando Guzmán Cáceres

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría General Nacional: Rodolfo Pérez Osores

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Asuntos Legales: Carolina Lizarraga Houghton

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Comunicaciones: Zenaida Solis Gutiérrez

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Doctrina: Carlo Magno Salcedo Cuadros

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Estrategia Programática y Plan de Gobierno: Francisco Rafael Sagasti Hochhausler

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Finanzas: Juana Micaela On Chong Reyes

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Formación del Talento: María Teresa Guzmán Cáceres

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Gremios y Organizaciones Sociales: Marco Antonio Zevallos Bueno

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Jóvenes Morados: Lisseth Meléndez Vargas

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Organización y Planeamiento: Daniel Emiliano Mora Zevallos

Comité Ejecutivo Nacional - Secretaría Nacional de Relaciones Internacionales: Justo Jesús Tovar Mendoza

Comité Ejecutivo Nacional: Flor Antonia Borja Gutiérrez

Comité Ejecutivo Nacional: Carlos César Cáceres Buchelli

Comité Ejecutivo Nacional: Pablo Omar Castro Moreno

Comité Ejecutivo Nacional: Leonor Avelina Chambi Palero

Comité Ejecutivo Nacional: Johan Francisco Del Castillo Gamarra

Comité Ejecutivo Nacional: Luis Alberto Durán Rojo

Comité Ejecutivo Nacional: Pedro Luis Makabe Ito

Comité Ejecutivo Nacional: Javier Sirvas Cornejo

Comité Ejecutivo Nacional: Catherine Elizabeth Thorne Velarde

Comité Ejecutivo Nacional: Juana Maura Umasi Llave

Apoderado: Juana Micaela On Chong Reyes

Personero Legal Titular: Marco Antonio Zevallos Bueno

Personero Legal Alterno: Rodolfo Pérez Osores

Personero Técnico Titular: Juan Antonio Ronceros Soto

Representante Legal: Julio Armando Guzmán Cáceres

Tesorero Nacional Titular: Jorge Antonio Villa Rojas

Tesorero Nacional Suplente: Javier Sirvas Cornejo

Tesorero Descentralizado: Patricio Flores Martínez

Tesorero Descentralizado: José Antonio Núñez Salas

Tesorero Descentralizado: Angélica María Palomino Saavedra

II) La organización política ha presentado una cantidad de adherentes en un número no menor del 4% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización política desarrollará sus actividades y pretenda presentar candidatos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la LOP, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción del referido partido político. De conformidad con la Resolución Nº 1042-2016-JNE, el número de firmas válidas establecido es de 733,716 firmas válidas.

En el caso en particular, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, luego de verificar el número de firmas presentadas por la organización política, determinó que la misma obtuvo un total de 733,727 firmas válidas, las cuales fueron informadas de la siguiente manera:

• Primer Lote de 611,560 firmas válidas, según Oficio Nº 557-2018-SG/ONPE.

• Segundo Lote de 122,167 firmas válidas, según Oficio Nº 2018-2018-SG/ONPE.

III) La organización política debía contar cuando menos con actas constitutivas de comités provinciales ubicados en al menos en el tercio de las provincias del país y en las dos terceras partes del número de departamentos, cada una de ellos suscrito por no menos de cincuenta (50) afiliados. En tal sentido, la organización política acreditó la existencia y funcionamiento de ciento cuatro (104) comités provinciales ubicados en veinticinco (25) departamentos, siendo los mismos: Utcubamba, Carhuaz, Casma, Huaraz, Huaylas, Mariscal Luzuriaga, Pallasca, Recuay, Santa, Yungay, Abancay, Andahuaylas, Aymaraes, Chincheros, Arequipa, Camaná, Castilla, Caylloma, Islay, Cangallo, Huamanga, Huanca Sancos, Huanta, La Mar, Sucre, Víctor Fajardo, Vilcas Huamán, Cajamarca, Celendín, Chota, Hualgayoc, Jaén, Callao, Canchis, Cusco, Espinar, La Convención, Quispicanchi, Angaráes, Huancavelica, Tayacaja, Huánuco, Leoncio Prado, Pachitea, Chincha, Ica, Nazca, Pisco, Chanchamayo, Chupaca, Concepción, Huancayo, Tarma, Ascope, Chepén, Otuzco, Trujillo, Chiclayo, Ferreñafe, Lambayeque, Barranca, Cañete, Huaral, Huarochiri, Huaura, Lima, Oyón, Yauyos, Loreto, Maynas, Tambopata, Mariscal Nieto, Daniel A. Carrión, Oxapampa, Pasco, Morropón, Paita, Piura, Sullana, Talara, Azángaro, Carabaya, Chucuito, El Collao, Huancané, Lampa, Melgar, Moho, Puno, San Antonio de Putina, San Román, Sandia, Yunguyo, Bellavista, El Dorado, Lamas, Mariscal Cáceres, Rioja, San Martín, Tacna, Tumbes, Atalaya, Coronel Portillo y Padre Abad.

La verificación que cada uno de los comités provinciales cuenta con más de cincuenta (50) afiliados válidos corrió por cuenta de RENIEC, quien informó de ello a través del Oficio Nº 000292-2018/GRE/SGVFATE/RENIEC; asimismo, la existencia y funcionamiento de cada uno de ellos fue verificada por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, tal como se aprecia de manera integral en el Informe Nº 104-2018-RSD-DNFPE/JNE, quedando éstos constituidos en las siguientes direcciones:

Departamento

Comites provinciales

Direcciones

1

AMAZONAS

UTCUBAMBA

JR. FRANCISCO PIZARRO Nº 351, BAGUA GRANDE

2

ANCASH

CARHUAZ

JR. UNION Nº 1245, CARHUAZ

3

ANCASH

CASMA

AAHH. VIRGEN DE FATIMA MZ. B LT. 2, CASMA

4

ANCASH

HUARAZ

JR. 28 DE JULIO Nº 859, HUARAZ

5

ANCASH

HUAYLAS

AV. 20 DE ENERO Nº 336, CARAZ

6

ANCASH

MARISCAL LUZURIAGA

AV. VICTOR ANDRES BELAUNDE S/N, PISCOBAMBA

7

ANCASH

PALLASCA

AV. CENTENARIO Nº 204, CABANA

8

ANCASH

RECUAY

PLAZA DE ARMAS DE RECUAY S/N, RECUAY

9

ANCASH

SANTA

PASAJE LOS JARDINES Nº 129, CHIMBOTE

10

ANCASH

YUNGAY

JR. 2 DE MAYO S/N, YUNGAY

11

APURIMAC

ABANCAY

CALLE NUEVA ESPERANZA MZ. R LT. 7, ABANCAY

12

APURIMAC

ANDAHUAYLAS

JR. TUPAC AMARU Nº 241, ANDAHUAYLAS

13

APURIMAC

AYMARAES

COMUNIDAD DE SANTA ROSA, CHAPIMARCA

14

APURIMAC

CHINCHEROS

AV. FERNANDO BELAUNDE TERRY S/N, CHINCHEROS

15

AREQUIPA

AREQUIPA

AV. MANCO CAPAC Nº 211, CENTRO POBLADO SEMI RURAL PACHACUTEC, CERRO COLORADO

16

AREQUIPA

CAMANA

JR. NOVICIADO Nº 283, CAMANA

17

AREQUIPA

CASTILLA

AV. JUAN PABLO VIZCARDO Y GUZMAN Nº 317, CORIRE, URACA

18

AREQUIPA

CAYLLOMA

CALLE YANAHUARA MZ. S LT. 8, CENTRO POBLADO EL PEPREGAL, MAJES

19

AREQUIPA

ISLAY

CALLE AURELIO DE LA FUENTE Nº 209, MOLLENDO

20

AYACUCHO

CANGALLO

AV. MARIA PARADO DE BELLIDO S/N, LOS MOROCHUCOS

21

AYACUCHO

HUAMANGA

JR. GORDILLO Nº 105, 2DO PISO, URB. EMADI, AYACUCHO

22

AYACUCHO

HUANCA SANCOS

JR. AYACUCHO S/N, SANCOS

23

AYACUCHO

HUANTA

JR. LIBERTAD Nº 386, HUANTA

24

AYACUCHO

LA MAR

JR. SAN MARTIN Nº 1000, TAMBO

25

AYACUCHO

SUCRE

JR. LIMA S/N, MORCOLLA

26

AYACUCHO

VICTOR FAJARDO

JR FRANCIA S/N, 3ERA CUADRA, HUANCAPI

27

AYACUCHO

VILCAS HUAMAN

AV. LOS INCAS Nº 219, VILCAS HUAMÁN

28

CAJAMARCA

CAJAMARCA

JR LEONCIO PRADO Nº 561 BARRIO LA COLMENA, CAJAMARCA

29

CAJAMARCA

CELENDIN

JR. BOLOGNESI Nº 599, CELENDIN

30

CAJAMARCA

CHOTA

JR. ADRIANO NOVOA Nº 860, CHOTA

31

CAJAMARCA

HUALGAYOC

AV. AUGUSTO B. LEGUIA Nº 198, BAMBAMARCA

32

CAJAMARCA

JAEN

PROLONGACION MARIANO MELGAR Nº 807, JAÉN

33

CALLAO

CALLAO

JR. SUCRE Nº 553, CALLAO

34

CUSCO

CANCHIS

JR. DOS DE MAYO Nº 236, 2DO PISO, SICUANI

35

CUSCO

CUSCO

AV. COLLASUYO MZ. R LT. 28 CRUCE CON CALLE COLOMBIA, URB. UCHULLO, CUSCO

36

CUSCO

ESPINAR

CALLE MARISCAL CASTILLA Nº 114, ESPINAR

37

CUSCO

LA CONVENCION

ALAMEDA BOLOGNESI W-18 SEGUNDA ETAPA, QUILLABAMBA, SANTA ANA

38

CUSCO

QUISPICANCHI

CALLE ALMIRANTE GRAU S/N, CCATCA

39

HUANCAVELICA

ANGARAES

JR OLIMPICO Nº 575, LIRCAY

40

HUANCAVELICA

HUANCAVELICA

JR. AGUSTIN GAMARRA Nº 561, HUANCAVELICA

41

HUANCAVELICA

TAYACAJA

JR ALFONSO UGARTE Nº 321, PAMPAS

42

HUANUCO

HUANUCO

PASAJE PERRICHOLI Nº 197, HUÁNUCO

43

HUANUCO

LEONCIO PRADO

JR. JOSE PRATTO Nº 623, TINGO MARÍA, RUPA-RUPA

44

HUANUCO

PACHITEA

BLOQUE 17, PUEBLO JOVEN LA PUNTA, UMARI

45

ICA

CHINCHA

AV SAN MARTIN Nº 186, CHINCHA ALTA

46

ICA

ICA

CALLE ANDAHUAYLAS Nº 251, ICA

47

ICA

NAZCA

CALLE SANTA TERESITA Nº 206, INT 3, 2DO PISO, NAZCA

48

ICA

PISCO

AV. ABRAHAM VALDELOMAR MZ. B LT. 15, PISCO

49

JUNIN

CHANCHAMAYO

JR JOSÉ ABELARDO QUIÑONES Nº 195, CHANCHAMAYO

50

JUNIN

CHUPACA

AV LOS HEROES Nº 381, CHUPACA

51

JUNIN

CONCEPCION

JR TUPAC AMARU Nº 375, CONCEPCION

52

JUNIN

HUANCAYO

JR SAN AGUSTIN Nº 225, URB. SAN ANTONIO, HUANCAYO

53

JUNIN

TARMA

JR. JAUJA Nº446, TARMA

54

LA LIBERTAD

ASCOPE

AV. PROGRESO Nº 553, CHICAMA

55

LA LIBERTAD

CHEPEN

CALLE CUSCO Nº 255, CHEPEN

56

LA LIBERTAD

OTUZCO

CALLE CACERES Nº 435, OTUZCO

57

LA LIBERTAD

TRUJILLO

AV. ESPAÑA Nº 1238, OFICINA Nº 302-A, 3ER PISO,TRUJILLO

58

LAMBAYEQUE

CHICLAYO

SAN JOSE Nº 977, OFICINA Nº401,CHICLAYO

59

LAMBAYEQUE

FERREÑAFE

MARISCAL NIETO Nº 217, FERREÑAFE

60

LAMBAYEQUE

LAMBAYEQUE

CALLE LIBERTAD Nº 138, LAMBAYEQUE

61

LIMA

BARRANCA

ASOCIACION MERCADO NUEVO AMANECER 8 LT. 5, BARRANCA

62

LIMA

CAÑETE

AV. MARISCAL BENAVIDES Nº 563-A, OF.1, SAN VICENTE DE CAÑETE

63

LIMA

HUARAL

CALLE LAS ORQUIDEAS Nº 282, HUARAL

64

LIMA

HUAROCHIRI

JR ANCASH Nº175, MATUCANA

65

LIMA

HUAURA

URB. LEVER PACOCHA C-5, HUACHO

66

LIMA

LIMA

CALLE IGNACIO MERINO Nº 375, MIRAFLORES

67

LIMA

OYON

AV. HUÁNUCO Nº311, OYÓN

68

LIMA

YAUYOS

JR. JORGE CHÁVEZ Nº 598 - BARRIO CERCADO, YAUYOS

69

LORETO

LORETO

CALLE JUNIN Nº 438, NAUTA

70

LORETO

MAYNAS

CALLE LORETO Nº 620, IQUITOS

71

MADRE DE DIOS

TAMBOPATA

JR JAVIER HERAUD MZ 11 LT 1, PUERTO MALDONADO, TAMBOPATA

72

MOQUEGUA

MARISCAL NIETO

CALLE TACNA Nº 1105, MOQUEGUA

73

PASCO

DANIEL ALCIDES CARRION

JR. LAS FLORES Nº 113, URB. PRIMAVERA, YANAHUANCA

74

PASCO

OXAPAMPA

JR. INDEPENDENCIA S/N CUADRA 4, OXAPAMPA

75

PASCO

PASCO

CALLE DOLORES GARCÍA DE CARRION MZ. D LT. 3 - AAHH DANIEL ALCIDES CARRION, URB. SAN JUAN, YANACOCHA

76

PIURA

MORROPON

CALLE CUSCO Nº 964, CHULUCANAS

77

PIURA

PAITA

JR. EL ZANJONº 454, PAITA

78

PIURA

PIURA

CALLE LIBERTAD Nº 1031, PIURA

79

PIURA

SULLANA

AV. JOSÉ DE LAMA Nº 497, SULLANA

80

PIURA

TALARA

PARQUE Nº 18-1, PARIÑAS

81

PUNO

AZANGARO

JR. AZANGARO S/N, SAMAN

82

PUNO

CARABAYA

AV. CENEPA Nº 200, BARRO HEROES DEL CENEPA, MACUSANI

83

PUNO

CHUCUITO

AV. PANAMERICANA S/N CENTRO POBLADO BUENA VISTA CHACACHACA, POMATA

84

PUNO

EL COLLAO

JR. ATAHUALPA Nº1454, ILAVE

85

PUNO

HUANCANE

JR. 19 DE SETIEMBRE Nº 214, HUANCANE

86

PUNO

LAMPA

JR. PUNO Nº 145, CABANILLA

87

PUNO

MELGAR

CALLE MOQUEGUA Nº 141, BARRIO TUPAC AMARU, SANTA ROSA

88

PUNO

MOHO

CALLE COMERCIO Nº 56, MOHO

89

PUNO

PUNO

URB. AZIRUNI MZ D LT 28, II ETAPA, CENTRO POBLADO DE SALCEDO, PUNO

90

PUNO

SAN ANTONIO DE PUTINA

JR. LIMA S/N, PUTINA

91

PUNO

SAN ROMAN

JR PUMACAHUA Nº 120, JULIACA

92

PUNO

SANDIA

JR. RUFINO ECHENIQUE S/N BARRIO VISTA ALEGRE, PHARA

93

PUNO

YUNGUYO

JR. JOSÉ MARÍA ARGUEDAS Nº 297,YUNGUYO

94

SAN MARTIN

BELLAVISTA

JR. 28 DE JULIO S/N CENTRO POBLADO DOS UNIDOS, BAJO BIAVO

95

SAN MARTIN

EL DORADO

JR. IQUITOS Nº 320, SAN JOSÉ DE SISA

IV) La organización política ha presentado un Estatuto, el cual regula el contenido mínimo señalado en el artículo 9º de la LOP, así como, ha designado personeros Legales, técnicos, apoderado, representante legal y tesoreros.

En cumplimiento del artículo 10º de la LOP, la organización política publicó el día 18 de enero de 2019, en el diario oficial “El Peruano”, la síntesis de su solicitud de inscripción, la misma que también fue publicada en la página web de la organización política y en el portal institucional del JNE, a efectos que cualquier personar natural o jurídica ejerza su derecho de formular tacha contra la solicitud de inscripción materia de la presente. Como producto de dichas publicaciones, el ciudadano Daniel Fernando Grandes Marín interpuso tacha contra la solicitud de inscripción, la misma que fue declarada infundada mediante Resolución Nº 026-2019-DNROP/JNE, disponiéndose continuar con el procedimiento de inscripción. No obstante, se solicitó a la Oficina de Servicios al Ciudadano del Jurado Nacional de Elecciones informe respecto a la eventual presentación de algún recurso de apelación contra la referida resolución, habiéndose emitido en respuesta el Memorando Nº 159-2019-SC/JNE de fecha 28 de febrero de 2019, mediante el cual se informó que no se ha presentado ningún recurso de apelación contra la Resolución Nº 026-2019-DNROP/JNE, por lo que, se debe inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas al partido político “Partido Morado”.

En ese orden de ideas, es importante precisar que las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, éstas se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas.

Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones al partido político “Partido Morado”.

Artículo Segundo.- Abrir la partida registral en el Libro de Partidos Políticos, Tomo 2, Partida Electrónica número 27 y regístrese la inscripción en el Asiento número 1 de dicha partida.

Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legales, titular y alterno, a los ciudadanos Marco Antonio Zevallos Bueno y Rodolfo Pérez Osores, respectivamente.

Regístrese y notifíquese.

FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN

Director Nacional de Registro

de Organizaciones Políticas

1746011-1