Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín

RESOLUCIÓN Nº 2975-2018-JNE

Expediente Nº J-2018-00748

HUALLAGA – SAN MARTÍN

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

LICENCIA

Lima, trece de setiembre de dos mil dieciocho.

VISTO el Oficio Nº 217-2018-MDH/S presentado, por Arístides Grandez Peñaranda, el 29 de agosto de 2018, alcalde de la Municipalidad Provincial de Huallaga, departamento de San Martín, mediante el cual se comunica que el regidor Víctor Andrés Paima Ludeña, ha solicitado licencia sin goce de haber.

CONSIDERANDOS

1. Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año.

2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018.

3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que desean ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente hábil (9 de octubre de 2018).

5. Con fecha 18 de junio de 2018 (fojas 4), Víctor Andrés Paima Ludeña, regidor del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 077-2018-MDH, de fecha 14 de agosto de 2018 (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.

6. En el presente caso se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, por lo que, para completar el número de regidores en cumplimiento de las disposiciones establecidas en las Resolución Nº 0081-2018-JNE, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a Kenyo Jackson Olórtegui Ruiz, identificado con DNI Nº 70499823, candidato no proclamado de la organización política Acción Popular, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Andrés Paima Ludeña, regidor del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Kenyo Jackson Olórtegui Ruiz, identificada con DNI Nº 70499823, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huallaga, departamento de San Martín, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

CHANAMÉ ORBE

CHÁVARRY CORREA

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

1745566-22