Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a España, en comisión de servicios
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 057-2019-MINCETUR
Lima, 21 de febrero de 2019
Visto el Oficio N° 052-2019-PROMPERÚ/GG, de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, la Organización Mundial del Turismo – OMT, es el organismo de Naciones Unidas encargado de la promoción de un turismo responsable, sostenible y accesible, la cual cuenta con el Comité de Estadísticas y Cuenta Satélite en Turismo, cuyo objetivo es proponer iniciativas para la implementación de normas internacionales de estadísticas en turismo, aplicación de la cuenta satélite en turismo y mejora de los sistemas de estadísticas en turismo;
Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Dirección de Promoción del Turismo, se ha previsto la participación en la “Decimonovena Reunión del Comité de Estadística y Cuenta Satélite de Turismo de la OMT”, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, los días 26 y 27 de febrero de 2019, con el objetivo de intercambiar datos estadísticos para la generación de datos comparativos que permitan mejorar la medición del turismo y con ello contribuir al fortalecimiento del sector;
Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior del señor Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, Subdirector de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el referido evento;
Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Madrid, Reino de España, del señor Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, del 24 al 28 de febrero del 2019, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la “Decimonovena Reunión del Comité de Estadística y Cuenta Satélite de Turismo de la OMT”, que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos |
Pasaje Aéreo Clase Económica US $ |
Continente |
Viáticos por día US $ |
N° de días |
Total Viáticos en US $ |
Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero |
1 264,47 |
Europa |
540,00 |
3 |
1 620,00 |
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
1743594-1